El Gobierno mete por la puerta de atrás un cambio legal para rebajar las penas de los presos de ETA
Elimina en comisión, como exigía Bildu, la disposición adicional única de una ley que evitaba la conmutación de los años de cárcel pasados por los etarras fuera de España
Fuentes parlamentarias descartan que haya margen de actuación en el Senado al no haberse presentado veto ni enmiendas
El PP critica la «artimaña del Gobierno» y habla de «error generalizado» en su voto a favor de la ley para reducir penas a etarras
Hasta 44 etarras podrían ver rebajada su condena y 7 salir en libertad con la reforma que ha colado el Gobierno
![El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con la portavoz de Bildu en el Congreso, Mertxe Aizpurua, en la primera reunión que mantuvo un candidato a la Presidencia con un representante aberzale](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2024/10/07/WhatsAppImage2024-10-07at10.08.34-RIl5c9tOWDO6CQvrKCIsXAK-1200x840@diario_abc.jpeg)
El Gobierno ha colado de tapadillo una modificación legal en una transposición de una directiva europea que beneficiará a los presos de la extinta banda terrorista ETA que hayan cumplido ya años de prisión fuera de España. El cambio, adelantado por 'El Confidencial' ... y confirmado por ABC, supone la eliminación de una disposición adicional única en la Ley Orgánica 7/2014, sobre Intercambio de Información de Antecedentes Penales y Consideración de Resoluciones Judiciales Penales en la Unión Europea; una exigencia de Bildu porque, precisamente, esta cláusula impedía que los etarras se acogiesen a la norma.
El proyecto de ley, que ha pasado desapercibido durante su tramitación en el Congreso –de hecho se aprobó por unanimidad– y que ahora va al pleno del Senado sin que se hayan introducido enmiendas en su tramitación –se debate este martes el conocimiento directo–, parecía tener un objetivo inocuo por su voluntad de adecuarse a la normativa europea en asuntos como el intercambio de información sobre antecedentes penales. No obstante, sin que lo percibiese la oposición, durante su paso por la Comisión de Justicia se aprobaron enmiendas, ambas propuestas por Sumar, para modificar el artículo 14.1 de la ley orgánica 7/2014 y para suprimir la disposición adicional única que recogía el texto aprobado ese año.
La clave está en el artículo 14 de la ley en combinación con la derogación de su disposición adicional única. El artículo 14.1 fija como regla general que se tendrán en cuenta las condenas cumplidas en otros países miembros ante una nueva condena en España, dando así los mismos «efectos jurídicos» a las sentencias del extranjero que hubieran sido dictadas por tribunales nacionales también en términos de acumulación para el cálculo del tiempo máximo de estancia en prisión. Mientras, la disposición adicional lo que establece es un límite: fija que ese principio general no se aplicará para las sentencias anteriores al año 2010.
Eliminar este tope abre la puerta a que sean tenidas en cuenta las condenas que han cumplido en otros países, principalmente en Francia, los presos de la banda terrorista ETA, a la hora de calcular el plazo máximo que pueden pasar en prisión en España: a los límites de cumplimiento efectivo, de veinte, treinta o cuarenta años en función del caso, se restaría lo penado fuera, por lo que podrían producirse excarcelaciones por cumplimiento casi de forma automática de entrar en vigor la reforma tal cual ha sido aprobada en la Comisión de Justicia del Congreso. La Asociación Víctimas del Terrorismo cifra en 44 los reos que podrían ver reducidas sus penas y en siete los que serían excarcelados por la rebaja en los próximos meses.
Esta modificación es el caballo de batalla del entorno de los presos de ETA desde que la adaptación de la directiva de la Unión Europea sobre el reconocimiento de resoluciones judiciales de los Estados miembros se traspuso al ordenamiento jurídico español. Era 2014 y España llegaba cuatro años tarde en la adaptación normativa, lo que había generado además resoluciones contradictorias en la Audiencia Nacional sobre las que tuvo que irse pronunciando el Tribunal Supremo. En 2018 el aval llegó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que no vio vulnerados los derechos de tres etarras y un miembro de los Grapo que recurrieron por la negativa de los tribunales a descontar de sus condenas lo ya penado en Francia.
Una salvaguarda ahora eliminada
El texto estaba en tramitación en el Senado cuando saltaron las voces de alarma sobre los efectos que tendría en el caso de las condenas de etarras que se pudiesen acumular las penas que ya habían cumplido en Francia, y el Grupo Parlamentario Popular acabó introduciendo una enmienda de carácter técnico que ponía una fecha límite que, de facto, iba a ser una barrera en estos casos: las condenas dictadas antes de 2010, fecha en la que debió haber entrado en vigor la adaptación normativa, no entrarían en esa acumulación de las penas. «En ningún caso serán tenidas en cuenta para la aplicación de la presente ley las condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010», decía concretamente la disposición que ahora se suprime.
De nuevo, la alarma se detecta en el Senado, aunque esta vez puede ser tarde, porque la ley se debate en pleno este martes sin que se hayan introducido enmiendas ni vetos. Fuentes parlamentarias consultadas por este diario garantizan que ya no hay margen de actuación. La Cámara Alta podría haber corregido la eliminación de esta cláusula, aunque la norma habría vuelto después al Congreso. El PP, Vox y UPN, con seguridad, pese a haber apoyado previamente el texto en la Cámara Baja, respaldarían la enmienda de los senadores y estaría por ver qué haría el PSOE una vez descubierto el enredo.
En enero del 2022, en la anterior legislatura, ABC adelantó que el Gobierno estaba preparando un atajo legal con PNV y Bildu para que los etarras en prisión pudiesen descontarse los años de cárcel pasados en el extranjero. Ya entonces, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) hizo público un informe en el que señalaba medio centenar de terroristas que podían beneficiarse de esa modificación, que ahora se lleva a cabo. El Ministerio del Interior negó por carta a las asociaciones de víctimas del terrorismo que se fuesen a reducir las condenas asumidas en otros Estados.
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El ministro de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha afirmado esta mañana que la tramitación «nada tiene que ver con el Gobierno», pese a tratarse de un proyecto de ley, que «se limita a aplicar una directiva europea» y que «se votó por todos los grupos parlamentarios», informa Nati Villanueva. El diputado de Sumar Enrique Santiago ha ido más allá y ha aseverado que se trata de una «corrección» para superar una «discriminación» hacia los «vascos», informa Patricia Romero. Fuentes del PSOE remarcan que las enmiendas de Sumar «no fueron objeto de crítica alguna» ni en comisión ni en pleno y que el nuevo artículo 14 reproduce «de manera literal» lo que recogía inicialmente el proyecto de ley del PP en 2014, con «el criterio del Consejo de Estado».
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