energía
¿Por qué el Ayuntamiento de Córdoba puede poner placas solares en el Casco y usted no?
El edificio de Capitulares tendrá una instalación de generación de 700 metros cuadrados que se aprovecha de la redacción del Plan del Casco
El Ayuntamiento consultará con Icomos y la Junta la política de paneles solares en el Casco
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![¿Por qué el Ayuntamiento de Córdoba puede poner placas solares en el Casco y usted no?](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/09/12/edificio-municipal-capitulares-RG5ATsRE0twuIheePhKQs7H-1240x768@abc.jpg)
El Ayuntamiento de Córdoba ha emprendido un contrato para colocar unos 700 metros cuadrados de paneles fotovoltaicos en el tejado del edificio de la calle Capitulares que estará forrado de esta tecnología. Forma parte de un plan municipal para reducir la factura de la luz por medio de varias herramientas. Una de ellas es crear una instalación que le permitirá consumir la luz que genere (78 Kwp) y vender los excedentes (75 Kwp). Quien ha escrito el contrato se ha lucido: "El Ayuntamiento de Córdoba aspira a ser un ejemplo para los vecinos en materia de responsabilidad medioambiental y para ello pretende aprovechar las oportunidades disponibles para la implementación de energías renovable".
El edificio municipal se encuentra dentro del Casco Histórico que es un BIC en sí mismo. Y, además, está en el entorno de monumentos de la mayor protección como es el yacimiento arqueológico del Templo Romano y la iglesia de San Pablo. Resumiendo mucho la situación: tiene las mismas restricciones paisajísticas que las propiedades vecinas. Sin embargo, en el Ayuntamiento se pueden colocar placas solares legalmente y en el resto de fincas que la rodean no se puede. No es posible seguir "el ejemplo" municipal porque éste lo prohíbe. Aquí se le va a ofrecer una explicación de por qué el Ayuntamiento puede y la mayor parte de sus vecinos, no.
El gobierno municipal se está aprovechando de la forma tan particular que tuvo de prohibir las placas solares allá por 2007. El Gobierno central acababa de promulgar una nueva ordenación de la edificación en España (el llamado CTE) que hacía obligatorio el uso de tecnología solar en determinados edificios como los hoteles. Ya había también un mercado de instalación de paneles que no eran fotovoltaicos sino térmicos, para calentar el agua. Permitían reducir (y mucho) la factura del gas y de la luz casi prescindiendo del calentador.
![En azul, la zona Unesco.](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/09/12/casco-cordoba-local-U44875080653gaU-660x371@abc.jpg)
En Urbanismo se emitió una directriz interna que casi no tuvo repercusión en la vida política y mediática de esos años. Se prohibía la instalación de paneles solares en el Casco Histórico todo (fuese zona Unesco o no) salvo en unos casos muy concretos: los que están considerados como zona de ordenanza renovada. Spoiler: el edificio municipal de Capitulares está en esa casuística. El gobierno municipal se está aprovechando de aquella forma tan tosca de prohibir que nació al calor de que se colocaran grandes instalaciones solares junto a la Mezquita.
El problema de las placas solares es que se utilizó el trazo más grueso posible de la brocha. La mayor parte del Casco se encuentra bajo una ordenanza de protección que dice cómo se tiene que construir bien. Pero determinados edificios modernos se consideró que para qué protegerlos (como ocurre con la estéticamente desdichada sede municipal). Sucede por tanto que en la manzana que ocupa el Ayuntamiento hay casas donde sí se pueden poner placas y casas en las que no. No se pueden colocar en el edificio que ocupa la nueva taberna El Gallo. Tampoco, en el edificio del antiguo Soul. Si quiere saber dónde se puede y dónde no, en este enlace se puede consultar el plano de edificación del Plan del Casco (ubicado en la parte inferior de la página) con las ordenanzas que rigen en cada calle.
La luz caviar
Las placas solares no fueron un problema hasta que la luz empezó a cotizarse como el caviar. Ahora, quien tiene un problema son las empresas instaladoras que tienen líos para encontrar proveedores. La demanda es alta y la fabricación no se ha ajustado a ella. Y la desaparición del llamado impuesto al sol ha colaborado para que el incremento de clientes se cifre en porcentajes de dos dígitos.
Un repaso a los planos del Plan del Casco permite hacerse una idea de que la mayor parte de la zona vieja de Córdoba está en una situación de prohibición de paneles solares. Pero sucede que en una misma manzana de casas conviven las que sí y las que no. Lo cual no casa demasiado con la protección del paisaje y sí con una aplicación un tanto peculiar de una norma que se hizo de aquella manera.
![Zona de la Victoria y la Trinidad](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/09/12/caso-practico-cordoba-U08076061557Ifu-660x371@abc.jpg)
En la imagen superior, puede verse un caso práctico de lo extraña que resulta la aplicación de esta prohibición en Córdoba. Lo que puede verse es el barrio de la Trinidad (la calle central es Lope de Hoces). Las fincas que sí pueden tener placas son las que tienen el color verde (zona renovada) no así las del resto de colores. Eso implica que toda la fachada del Paseo de la Victoria puede pero toda la zona interior del barrio, no. Están a metros de distancia. Todo es zona Unesco.
En otros barrios, todo es más soviético. No se puede casi en ningún sitio. Es lo que pasa en toda la zona Unesco, que es una parte comparativamente pequeña del Casco, y en la Axerquía. La realidad es que los paneles solares están prohibidos, sobre todo, en los barrios populares de la Córdoba antigua. Las consecuencias están siendo reales. En cada Comisión de Licencias se deniegan docenas de proyectos de estas características de vecinos que quieren pero no pueden acometerlos: suelen estar en el Casco y en las parcelaciones. El Ayuntamiento tampoco autoriza la fotovoltaica en casas sin licencia. Tienen piscina pero no pueden producir energía limpia.
![¿Por qué el Ayuntamiento de Córdoba puede poner placas solares en el Casco y usted no?](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/09/12/cordoba-norma-local-U82011807502SqY-660x371@abc.jpg)
¿Puede el Ayuntamiento colocar las placas solares que considere oportunas? ¿Los 700 metros cuadradados que dice que va a colocar? La realidad es que no. Depende de un acuerdo de la Comisión de Patrimonio que, a la luz de las actas del foro de la Junta, no se ha emitido. Al menos, no se ha dejado constancia. Cuando el Consistorio reguló la prohibición, expuso que, incluso en ordenanza de zona renovada, era preciso el informe favorable de los técnicos municipales «y de la Delegación de Cultura» (el texto ni siquiera pone que es de la Junta). Es el párrafo 3 del punto tercero del texto.
La Junta tiene un criterio bastante restrictivo a la hora de establecer qué se puede poner en los tejados y qué no. De hecho, es habitual ver que la Comisión de Patrimonio rechaza proyectos porque son visibles desde lugares monumentales o de interés.
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