Apuntes al margen
Los paneles prohibidos
La Gerencia ha conseguido hacer pasar por normalidad lo que es una barbaridad: las prohibiciones no se pueden hacer de esa manera
La Gerencia de Urbanismo es una institución verdaderamente prodigiosa. Ha conseguido, por razones no acabo de entender del todo, que se considere como normal lo que es una auténtica anormalidad. Que un papelillo sin mayor vinculación legal acabe incrustado en el planeamiento de la ... ciudad sin seguir los protocolos necesarios para ello. Y, lo más descaradamente alucinante, que todo el mundo dé por hecho que poco se puede hacer y que no hay más remedio que aguantarse. El caso de la prohibición de los paneles solares en el Casco es, probablemente, uno de los más chiripitifláuticos.
En 2007, el consejo rector que presidía Andrés Ocaña (IU) decidió por unanimidad que no se pueden poner paneles solares en prácticamente todo el Casco. En aquel entonces, este tipo de instalaciones servían para calentar agua mayormente. Eran unos trastos bastante grandes que subvencionaba la Junta en función de la orientación del tejado. Se pusieron durante años sin más problemas hasta que alguien decidió que no.
Cuando un ayuntamiento regula para la ciudadanía emite ordenanzas y cuando lo hace para sí mismo, lo hace por medio de reglamentos (cuando el asunto tiene enjundia) o instrucciones internas (cuando se trata de una cuestión menor). Urbanismo, en aquel tiempo, decidió que no se podían poner paneles solares en todo el Casco Histórico salvo en las partes más transformadas (donde rige la llamada ordenanza de zona renovada) que ustedes pueden identificar porque tienen edificios colectivos de pisos: bloques.
El caso es que la prohibición de los paneles nunca formó parte de la ordenanza de un planeamiento como el que protege el Casco Histórico. Fue un acuerdo para que los servicios municipales interpretasen de una manera concreta este tipo de cuestiones. Si el funcionario recibía una solicitud en el Casco tenía que rechazarla en las zonas más antiguas y pedir el ciento y la madre de papeles en los barrios que tienen un caserío más renovado.
La prohibición -insisto, de 2007- nunca se sometió a un procedimiento reglado de presentación de alegaciones por parte de la ciudadanía y de afectados a pesar de que era una excepción al Código Técnico de la Edificación, que obliga a determinados edificios a contar con estos equipos. No tuvo los dictámenes jurídicos oportunos, los pies de recurso, un estudio mínimamente elaborado de impactos visuales. Fue un «por mis santos riles» en toda regla. Nadie se molestó siquiera en escribir una justificación.
La cuestión es que esa norma, que nunca llegó a ser tal, pasó de mandato en mandato. En todo este tiempo, han desaparecido por orden judicial algunas de esas interpretaciones que, en fin, eran un poco ridículas: la última fue la que impedía convertir locales en viviendas exclusivamente en el Casco por una cuestión de acceso.
Hasta que, anda qué curioso, la tecnología de generación fotovoltaica empezó a abaratarse, desapareció el impuesto al sol (una de las majaderías más soberanas aprobadas por el Gobierno de Rajoy) y el precio de la electricidad fue subiendo y subiendo. Y quien antes no veía ni mal que estuviese prohibido ahora entiende que, en muchos casos (las propiedades alejadas de bienes de interés cultural), constituye un auténtico atropello. Y ahí andan en Urbanismo intentando buscarle tres pies al gato cuando lo que se pueden encontrar es una sentencia como un camión.
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