Julián Muñoz y Mayte Zaldívar: ¿Es posible casarse sólo por la pensión de viudedad?

Enrique Sainz Rodríguez, abogado de Familia, explica con detalle qué pasa con los matrimonios de conveniencia y si resulta fácil llevar a cabo este tipo de engaño

Matrimonio o pareja de hecho: ¿Cuál es la mejor opción?

Foto de Drew Coffman en Unsplash

Son numerosas las informaciones que apuntan a que Julián Muñoz y Mayte Zaldívar se han vuelto a casar 17 años después de su divorcio. El exalcalde de Marbella, que padece cáncer, se encuentra en un estado de salud muy delicado, por lo ... que el nuevo matrimonio podría haberse celebrado con un claro objetivo: que ella pueda cobrar una pensión de viudedad.

¿Es tan fácil? ¿Se trata de un matrimonio de conveniencia? ¿La ley persigue este tipo de actos? Para analizar esta realidad, hablamos con Enrique Sainz Rodríguez, abogado especializado en derecho de familia en Fuster-Fabra Abogados.

-¿Qué es un matrimonio de conveniencia?

Los matrimonios de conveniencia o complacencia son aquellos en los que dos personas se casan pero no con el objetivo de formar un matrimonio y una familia, sino con el fin de obtener algún beneficio económico o de cualquier otro tipo.

-¿En qué casos suelen darse este tipo de uniones?

Normalmente este tipo de matrimonios se da en casos en los que un español se casa con un extranjero a cambio de que éste obtenga la nacionalidad española o un permiso de residencia.

En estos casos, el extranjero obtiene el permiso o la nacionalidad y el español una suma de dinero previamente pactada (aunque esto último no siempre es así).

-¿Y eso cómo se demuestra y a quién le corresponde demostrarlo? 

Cuando te vas a casar, hay que hacer un expediente matrimonial y ahí el encargado del Registro Civil, Ayuntamiento, Parroquia o el Notario (ya que se puede hacer en la notaria también) tendrá que hacer una entrevista por separado a los futuros contrayentes. Ahí podrá ver si hay algo raro o no.

También es obligatorio, cuando te vas a casar, hacer las amonestaciones (en caso de matrimonio religioso) o los edictos (en caso de matrimonio civil) de modo que si alguien sabe o sospecha que se trata de un matrimonio de conveniencia, deberá comunicarlo para impedir que esta unión se lleve a cabo.

Aun así, a pesar de todo, estoy seguro de que muchos matrimonios de este tipo 'pasan el filtro' y se la cuelan a los encargados. No es fácil demostrarlo ya que normalmente estas personas, cuando se van a casar, se lo preparan muy bien para dar apariencia de que se casan por amor y no por interés.

-El Registro Civil es el que comprueba si dos personas se casan por conveniencia o no. ¿Lo habrán comprobado con Zaldívar y Muñoz?

Puede ser el Registro, Ayuntamiento, parroquia o notaría, en función de quien tramite el expediente matrimonial y donde te cases. En este caso, debería haber sido el notario el que tendría que haber dado el visto bueno.

El problema es que, esta vez, son dos personas que se conocen, que ya han estado casos, que tienen hijos en común. Es difícil, a priori, negar el matrimonio ya que el filtro lo van a pasar.

Hay que tener en cuenta también que todo lo que ha dicho la prensa (que lo han hecho para que Mayte obtenga una pensión) ha sido cuando ya llevaban casados unos meses, por lo que el notario no tenía forma de saber que éste era el objetivo, aunque, en caso de serlo, no se sabe.

-Por cierto, ¿en qué se fija el Registro Civil?

En las entrevistas preguntan dónde se conocieron, cómo, etc. También se fijan en si hay mucha diferencia de edad, si son de nacionalidad distinta...

Por eso digo que, fuera de los casos de matrimonio entre español y extranjero o entre personas con mucha diferencia de edad, es muy fácil pasar el filtro, por desgracia

-Como un matrimonio de conveniencia tiempo en demostrarse, si mi marido o mi mujer se muere, ¿puedo tocar la herencia, coger dinero, etc.? ¿O eso se paraliza?

Mientras se tramita la posible nulidad de dicho matrimonio, son marido y mujer a todos los efectos, legales y hereditarios e incluso la percepción de alguna pensión de viudedad.

Ahora bien, si se considera que se puede producir un daño irreparable (en tema de herencias, por ejemplo), se pueden pedir judicialmente medidas cautelares para impedir que el cónyuge que vive puede hacer determinadas acciones por su condición de marido o mujer. Por regla general, este tipo de medida sí suelen admitirse.

-¿Quién puede cobrar una pensión de viudedad?

Sólo la puede cobrar:

1. El que se encuentra casado con el fallecido en el momento de la muerte;

2. El que se encuentra divorciado o separado del fallecido en el momento de la muerte y estuviese percibiendo una pensión compensatoria (la cual se extingue con la muerte) y siempre y cuando hubiera sido reconocida víctimas de violencia de género en el momento de la separación o tenga más de 50 años o hijos en común con el fallecido. En este último supuesto, además, se exige que el divorcio sea antes del 1 de enero del 2008, que no hayan pasado más de 10 años entre el divorcio y la muerte y que el matrimonio haya durado 10 o más años.

3- El que sea pareja de hecho del fallecido en el momento de la muerte, siempre y cuando se den una serie de requisitos.

Por ello Isabel Pantoja nunca podría impugnar el matrimonio entre Maite Zaldívar y Julián Muñoz, ya que nunca fue pareja de hecho de Julián y no es parte implicada ni afectada y no podría reclamar una hipotética pensión de viudedad de él.

-¿Cuándo se pierde la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad se pierde en el momento en que el que quien la percibe contrae nuevo matrimonio, formaliza una pareja de hecho o por el transcurso del tiempo si fuera temporal.

Hay una excepción que permite casarte nuevamente y seguir cobrando la pensión de viudedad pero para ello es necesario que concurran los siguientes requisitos:

1. Que ese matrimonio sea posterior al 1 de enero de 2002.

2. Que el percibe la pensión sea mayor de 61 años o tenga reconocida una incapacidad permanente.

3. Que la pensión de viudedad suponga al menos el 75% de sus ingresos mensuales.

4. Que los ingresos del que percibe la pensión y su nuevo marido o esposa no superen el doble del salario mínimo interprofesional.

-Si se comprueba que ha sido un matrimonio de conveniencia, ¿se está cometiendo un delito? ¿Cuáles son las consecuencias (multa, cárcel...)?

El matrimonio de conveniencia no es, hoy por hoy, un delito, por lo que únicamente conllevaría una sanción administrativa.

De hecho el Tribunal Supremo establece que, salvo que exista ánimo de lucro, usurpación del estado civil o falsedad documental previa, este tipo de matrimonios no constituye delito alguno y solo puede dar lugar a un ilícito civil con consecuencias civiles y matrimoniales.

Si se interpone una demanda de nulidad y se dictamina que el matrimonio es nulo, las consecuencias serían estas:

1. Es como si el matrimonio nunca hubiera existido.

2. Los interesados recuperarían su estado civil anterior al matrimonio

3. Se anulan todos los beneficios obtenidos como consecuencia del matrimonio y con efectos retroactivos, es decir, si has cobrado una pensión de viudedad, has de devolverla desde su percepción.

4. Si se trata de un extranjero, se le podrá expulsar del país.

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Sobre el autor Ana I. Martínez

Periodista. En ABC desde 2012. Redactora de la sección Familia, especializada en tecnología y menores, maternidad y educación. Antes formé parte de las secciones de Actualidad, Tecnología y Redes Sociales.

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