Puigdemont en España: otro laberinto judicial hasta el verano de 2025
El TJUE tarda 17 meses en resolver una cuestión como la que va a plantear el Supremo cuando se apruebe la amnistía
La defensa del prófugo confía en que pueda pisar suelo español en agosto, sin esperar a la Justicia europea
Cuando han pasado 2.322 días desde su fuga en un maletero y despejada la futura ley de amnistía, la pregunta del millón es cuándo pisará España Carles Puigdemont. El Gobierno canta victoria tras el pacto del PSOE con Junts y ERC, pero esto no ... ha hecho más que empezar. «Tengo que felicitarme», dijo ufano Bolaños el jueves, contento de superar un 'match ball' importante para la continuidad de la legislatura. Pero cuidado: en Junts celebraron el acuerdo enseñando la patita: «Veremos a ver si hay algún juez que esté dispuesto a prevaricar por no aplicar esta ley».
Así destapó Miriam Nogueras su estrategia: seguir amedrentando a los jueces, porque sabe que la aplicación práctica de esta amnistía depende del estamento judicial, dado que ha de ser cada tribunal o juez instructor quien actúe en cada caso concreto. Es decir, para que Puigdemont disfrute de la amnistía debe haberlo decidido alguno de los tribunales que le investigan. Eso no llegará, si se siguen los plazos habituales, hasta el verano de 2025, aunque la defensa del prófugo es más optimista y recorta mucho los tiempos.
Alcanzado el acuerdo político sobre la amnistía y aprobada en la Comisión de Justicia del Congreso, la tramitación parlamentaria aún necesita algunos pasos: el Pleno del Congreso, la tramitación en un Senado con mayoría del PP y la segunda vuelta en la Cámara Baja. Una estimación razonable de tiempo es la segunda quincena de mayo, justo antes de la campaña de las elecciones europeas del 9 de junio.
Llegados a ese punto, con la Ley publicada en el BOE y centrándonos en los líderes políticos del procés, hay que diferenciar entre los condenados e inhabilitados (Oriol Junqueras y compañía) y el de los pendientes de juicio, con especial atención al prófugo Carles Puigdemont, la pieza clave de la negociación, la persona que ha obligado al Gobierno a cruzar todas sus líneas rojas: desde la propia constitucionalidad de la amnistía hasta su alcance, con la inclusión de la malversación y el terrorismo como los mayores pruebas de las inmensas tragaderas monclovitas.
Los tres delitos clave
Por todo ello, no es casualidad que la malversación, el terrorismo y la alta traición hayan sido los asuntos que han generado tensión entre el PSOE y Junts en la recta final de la negociación política.
Son los tres delitos que afectan a Puigdemont, así que respecto a él, una vez aprobada la amnistía, hay tres jueces concernidos: el magistrado Pablo Llarena, en el Tribunal Supremo, que todavía tiene pendiente enviarlo a juicio por malversación (dado que sedición ya no existe) y que tiene una orden de detención contra él si pisa territorio nacional; la magistrada Susana Polo, que ha sido designada por la Sala Penal del Supremo presidida por Manuel Marchena para asumir la investigación del caso Tsunami Democràtic por terrorismo; y el juez Joaquín Aguirre, que desde su juzgado de instrucción en Barcelona avanza en la trama de las injerencias rusas en el procés en lo que podría ser considerado alta traición. En este último caso, Puigdemont no está formalmente investigado.
Tres escenarios
Cuando esté publicada la ley de amnistía, los tribunales tienen tres opciones: aplicar la nueva ley y amnistiar a discreción; presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con sede en Luxemburgo; y/o presentar una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).
Las dos últimas opciones no tienen por qué simultanearse, puede ser una primera y otra después, lo cual es importante en términos del alcance temporal de una eventual paralización de la aplicación de la ley. Es decir, existe la posibilidad de que el Supremo se dirija primero al TJUE, y cuando este se pronuncie, acuda entonces al TC.
¿Cuánto tarda el TJUE en resolver este tipo de cuestiones prejudiciales? Fuentes comunitarias explican que en una horquilla de 15 a 18 meses, lo que retrasaría de facto la aplicación de la amnistía hasta el verano del año 2025.
No obstante, la defensa de Carles Puigdemont cree que existe un paso intermedio. Según explica Gonzalo Boye a ABC, la redacción actual de la ley de amnistía establece que las medidas cautelares desaparecen, de modo que salta la orden de detención de Llarena sobre Puigdemont.
Preguntado por su estrategia en caso de que eso no sea así y Llarena no revoque tal medida, Boye asegura que reclamaría al TJUE una decisión al respecto para levantar la orden de detención nacional. Según sus cálculos, esto se resolvería en dos meses. Puigdemont podría por tanto circular por España en cuatro meses aproximadamente, según Boye: este verano.
Junqueras, inhabilitado
En paralelo, en la actualidad Junqueras mantiene su inhabilitación hasta 2030 por la sentencia del Supremo tras el juicio del procés. Es decir, hasta que no se resuelva la cuestión prejudicial que podría presentar el tribunal que lo condenó no podría concurrir a las elecciones, incluyendo las autonómicas catalanas previstas a lo más tardar para febrero del 25.
¿Y si Junqueras recurre al Tribunal Constitucional su imposibilidad de concurrir a las elecciones a pesar de haberse convertido en una persona amnistiable? Esta situación puede provocar un choque institucional entre el TJUE y el Tribunal Constitucional si este decide autorizarle agarrándose a que está en juego el derecho de participación política. Esta decisión dependería del tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido.
En este batiburrillo judicial, llegan las elecciones europeas, a las que Puigdemont tiene previsto presentarse. Él puede concurrir porque al haber sorteado a la Justicia española con su huida en el maletero no está inhabilitado. Su problema es que suponiendo que sale elegido, para adquirir todos los derechos como eurodiputado tiene que venir a España y jurar ante la Junta Electoral Central. La pregunta es en este caso, si asumirá ese riesgo con dos causas pendientes (procés y terrorismo) más la amenaza del juzgado de Aguirre en Barcelona (alta traición).
Fuentes jurídicas explican a ABC que habiéndose aprobado por el Legislativo una ley de amnistía, es razonable que un juez no se arriesgue a dictar prisión preventiva contra Puigdemont: «No se le puede aplicar la prisión preventiva a alguien que es amnistiable». Pero esto no significa que no sea detenido en cuanto pise territorio nacional. Aunque por el hecho de ser electo recupere la inmunidad, esta sólo es aplicable en las instituciones europeas. Así que, en el momento en el que decida venir a España será detenido, puesto a disposición judicial y, previsiblemente, quedará en libertad.
La segunda vía que pueden explorar los tribunales concernidos por la amnistía es la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad ante el órgano de garantías, algo que también pueden hacer 50 diputados del Partido Popular en forma de recurso y que ejercerán con toda probabilidad.
Conclusión: la amnistía con la que Sánchez busca mantenerse en el poder aún protagonizará muchas portadas por su tramitación parlamentaria. Después, su aplicación se introducirá en un laberinto judicial que puede llevar fácilmente a Puigdemont a no pisar suelo español hasta al menos, el verano del año 2025.
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