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El Gobierno abre la puerta a legalizar a más de un millón de inmigrantes

Sólo por la vía del arraigo, que se amplía y facilita, se calculan más de 900.000 en los próximos tres años

Incluye una disposición transitoria que permitirá acceder a esa figura a quienes le hayan rechazado su petición de asilo

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La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz EFE
Pablo Muñoz

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La reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería, aprobada ayer por el Consejo de Ministro supondrá, en tres años, la regularización de más de un millón de personas en situación irregular, según cálculos conservadores. La propia ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, cifró ese dato en 900.000 regularizaciones, pero sólo tuvo en cuenta las que se concederán por los diferentes tipos de arraigo previstos en la nueva norma, que además se amplía y flexibiliza respecto a la situación actual al exigirse sólo dos años en España, en lugar de los tres actuales.

El nuevo texto, sin embargo, recoge una disposición transitoria por la cual todos aquellos a los que se haya rechazado el asilo por sentencia firme antes de la entrada en vigor de la reforma del Reglamento de Extranjería pueden optar a regularizar su situación por cualquiera de las cinco formas de arraigo ahora previstas. Y con una ventaja añadida, no menor: sólo con acreditar seis meses de residencia en España podrán acceder a esa figura en lugar de los dos años necesarios como norma general.

En aumento

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, viene advirtiendo de que muchos inmigrantes irregulares, asesorados por las mafias que trafican con ellos, solicitan el asilo como forma de poder permanecer en nuestro país. En 2023 hubo 160.000 peticiones y en lo que va de año ya hay otras 140.000. La mayoría se rechaza, pero no se puede hacer un cálculo de cuántos podrán acogerse a esta disposición transitoria.

Además, hay que tener en cuenta que el nuevo texto hace una ampliación de la figura de la reagrupación familiar, de modo que los extranjeros residentes en nuestro país podrán traer a más allegados y la edad de los hijos susceptibles de acogerse a esta figura se eleva hasta los 26 años. Por tanto, no sólo se regulariza la situación de los directamente implicados sino también la de sus familias, lo que aumenta las cifras de forma considerable. Asimismo, ya no se exigirá estar casado o ser pareja de hecho para acceder al reagrupamiento. Y se permitirá también que personas víctimas de violencia de género, sexual o de trata puedan traer a sus hijos y ascendentes.

Respecto al arraigo, una figura que dentro de la Unión Europea sólo está regulada en España como forma de pasar de una situación irregular a otra regular, lo que hace el Gobierno es facilitarlo. Se crea un arraigo de segunda oportunidad para personas que hayan tenido la residencia y la hayan perdido por alguna razón, y también otro sociolaboral si se tiene una oferta de empleo de 30 horas a la semana como norma general y 20 en algunos casos, o bien contratos concatenados, y socioformativo, pensado para aquellos que están matriculados en cursos y que también se flexibiliza. Además de estos tres se mantienen el arraigo social y familiar, prácticamente en los mismos términos que hasta ahora.

Política de visados

También se modifica la política de visados, que ahora ocupa un capítulo específico en el reglamento, y se ordenan las competencias entre consulados y oficinas de Extranjería. Se establece además que todos ellos tengan una vigencia máxima de un año y se modifica el visado de empleo, que pasa a configurarse como visado de residencia durante doce meses. Y además no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal. En general, se concederá un visado de un año y si se prorroga lo será ya por cuatro.

Sobre los tipos de visado, el nuevo texto prevé que los habrá de corta y larga duración, de residencia, de tránsito aeroportuario y también otros de carácter extraordinario y para la búsqueda de empleo, que pasa de seis meses a un año.

Una de las cuestiones planteadas era cómo iba a quedar en esta reforma el silencio administrativo, que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones pretendía que operase a favor del demandante, lo que fue corregido por el Consejo de Estado en su informe acerca de la reforma. El órgano consultivo advirtió de que una norma inferior no puede corregir a una superior, en este caso la Ley de Extranjería.

El Gobierno lo va a solucionar con el cambio legal oportuno antes de la entrada en vigor del reglamento, dentro de seis meses, aunque ya advierte de que el silencio administrativo no será siempre positivo, sino que habrá casos tasados que se conocerán en su momento.

La gran duda que se plantea con esta reforma del Reglamento de Extranjería es qué ocurrirá con la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que se aprobó el mes pasado en el Congreso con el apoyo de todos los grupos salvo VOX y que busca la regularización extraordinaria de alrededor de 500.000 extranjeros que residen en España, una propuesta respaldada por 611.821 firmas. La medida, según sus promotores, acabará con la vulneración de los derechos fundamentales de estos migrantes y las barreras que les impide contribuir económica y fiscalmente a la sociedad, además de acceder a un trabajo digno, vivienda, salud o educación.

La ministra Elma Saiz fue preguntada por este asunto ayer por la mañana en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, pero se salió por la tangente. La tesis del Gobierno es que se trata de dos vías paralelas y que la aprobación del nuevo reglamento no impide que la citada ILP continúe con su tramitación parlamentaria. Eso, oficialmente, porque a nadie se le escapa que la iniciativa queda un tanto desnaturalizada por la decisión aprobada ayer.

El Gobierno espera que con estas modificaciones mejore la atracción y retención del talento de extranjeros, haya también una mejora de la competitividad de las empresas españolas en el mercado global y la integración e inclusión de trabajadores extranjeros en la sociedad española. Todo ello, junto a la eliminación de burocracia, una mejora en la tramitación de los expedientes y la unificación de criterios que es tan necesaria en un asunto tan complejo como este.

Los objetivos, por tanto, son ambiciosos, aunque llama la atención las continuas modificaciones legales en este ámbito en los últimos años que, a juicio de distintas fuentes consultadas, impiden tener una visión clara de cuáles son los efectos que produce cada una de ellas.

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