Junts maniobra en el Congreso para llevar a los tribunales las salidas de empresas de Cataluña

La formación promueve un cambio legal para que los pequeños accionistas puedan impugnar los cambios de sede social

Junts y ERC exigen el control de interventores y secretarios locales

Los funcionarios a los que el independentismo puso en el punto de mira desde el 1-O

La portavoz de Junts en el Congreso, Míriam Noguera, junto al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez ignacio gil

Junts sigue embarcada en la misión de forzar el retorno a Cataluña de las empresas que abandonaron la comunidad en 2017 ahuyentadas por la situación de inestabilidad general provocada por la declaración unilateral de independencia. En el acuerdo con el PSOE para la investidura ... de Pedro Sánchez la formación independentista ya deslizó un controvertido párrafo en el que se deslizaba el compromiso de abordar «los elementos esenciales de un plan para facilitar y promover el regreso a Cataluña de la sede social de las empresas que cambiaron su ubicación a otros territorios en los últimos años» y ahora quiere aprovechar el trámite de enmiendas del proyecto de ley de medidas urgentes para facilitar la ejecución del Plan de Recuperación para impulsar un cambio legal que pondría contra la espada y la pared no solo a las empresas que movieron su sede social en esos días sino también a sus administradores.

En concreto, lo que plantea Junts es un puñado de modificaciones en la Ley de Sociedades de Capital para reforzar la vinculación de la sede de las sociedades a la comunidad autónoma en que tienen sus intereses principales, agravar la penalización cuando exista una discordancia entre el domicilio declarado y el que correspondería según la ley y facilitar la impugnación de los acuerdos que sitúen la sede de las compañías en lugar que no les correspondan según los principios que establece la ley.

Medidas de presión

Según los expertos en legislación mercantil consultados por ABC, la reforma de la Ley de Sociedades de Capital impulsada por Junts tiene más de medida de presión que de potencial alcance real, si bien coinciden en que el objetivo parece ser poner a las empresas y sus administradores entre la espada y la pared bajo la amenaza latente de que su decisión de ubicar la sede social en un territorio u otro pueda acabar en los tribunales.

«Hasta lo ocurrido tras el 1-O la ubicación en un punto u otro de España de la sede social de una empresa no ha sido objeto de controversia. Se ha entendido como una decisión discrecional de las compañías», asegura una de las fuentes consultadas, un abogado de uno de los principales bufetes de la capital. «Solo era relevante si se situaba en España o fuera porque tenía trascendencia a nivel fiscal», remacha.

La salida masiva de empresas de Cataluña a partir de octubre de 2017 y el conflicto político posterior ha insertado en el relato del nacionalismo la posibilidad de que ese traslado no fuera acorde a la ley y la exigencia de forzar su retorno por la vía regulatoria.

Lo que plantea Junts es que la posible discordancia entre la sede social declarada en el Registro Mercantil y la que correspondería por ley «pueda ser considerada contraria al orden público societario por el órgano judicial competente», lo que permitiría anular los acuerdos sociales de cambio de sede y considerar dicha infracción como grave, con potenciales consecuencias para los responsables de la decisión sobre la ubicación de la sede.

Junts quiere permitir también que cualquier socio o accionista, por pequeño que sea, tenga la posibilidad legal de instar la adecuación del domicilio registral al domicilio legal en caso de que considere que esta no se ajusta a derecho, y de obligar al órgano de administración a que incluya una comprobación expresa del particular en el informe de gestión, lo que expondría a los administradores de la sociedad a responder por sus conclusiones al respecto en un eventual proceso en los tribunales.

La formación que acaudilla Carles Puigdemont no oculta que el sentido de la enmienda es habilitar «una legitimación más amplia para recurrir ante los tribunales estos acuerdos de cambio de domicilio, sin exigir una participación mínima en el capital social», como sucede en la actualidad.

Las fuentes jurídicas consultadas advierten de que la base sobre la que Junts sustenta sus ambiciones, que es la potencial consideración de la discordancia entre el domicilio social que figura en el Registro y el que debería ser en función de la ley por parte de los tribunales, es improbable, ya que hasta la fecha ese elemento no ha sido considerado como una infracción del orden público por parte de la Justicia en ninguna resolución.

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