Universidades quiere ahora que la acreditación autonómica de profesores «no esté sometida» a la agencia estatal
El ministro Subirats continúa avanzando con el decreto que favorece a las agencias catalanas
Universidades da más poder a los campus catalanes a 45 días de las elecciones generales
![El ministro de Universidad, Joan Subirats interviene en el pleno del Senado](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/sociedad/2023/06/23/subi-Rb76zALYAP5x5zF8hcq5GfI-1200x840@abc.jpg)
El ministro de Universidades, Joan Subirats, sigue adelante con el real decreto de acreditación de profesorado pese a que un resultado adverso en las elecciones generales podría dejarlo fuera del ministerio. El decreto en cuestión tiene como fin desarrollar la ley orgánica de ... universidades (más conocida como Losu o 'ley Castells', por el predecesor de Subirats) en la que ya se dejan claros los planes del ministro respecto a las agencias de acreditación autonómicas y al papel de la estatal: la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (Aneca).
El texto legal dice que «el acceso a los cuerpos docentes universitarios exigirá, además del título de Doctor, la previa obtención de una acreditación por parte de la Aneca», agencia que valorará los méritos y competencias necesarios, y que además acordará «mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de dichos méritos y competencias por parte de las agencias de calidad de las comunidades autónomas».
La última versión del real decreto, a la que ha accedido ABC, 'afina' un poco más cómo será esta acreditación, que ahora también podrán hacer las agencias autonómicas, y deja claro que el convenio entre estas y la agencia estatal «promueve la confianza entre los sistemas de calidad y no somete formalmente a las agencias autonómicas a Aneca».
«Competencias»
Por otro lado, al apartado dedicado a los méritos y criterios de evaluación ahora se le ha agregado la evaluación de «competencias». En este artículo se estipula que las personas solicitantes deberán reunir méritos de investigación, transferencia e intercambio del conocimiento e innovación; de docencia; relacionados con la actividad profesional y, también, méritos de liderazgo. El artículo añade ahora que la «Aneca trabajará con las agencias de calidad de las comunidades autónomas para el establecimiento de unos criterios mínimos comunes con el fin de facilitar los acuerdos de reconocimiento de una evaluación positiva de los méritos realizada por las agencias de calidad de las comunidades autónomas a los efectos de la acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios».
«Pluralismo científico»
Además, el mismo artículo del decreto precisa que los criterios de evaluación de la actividad docente e investigadora y de la transferencia e intercambio del conocimiento «deberán incorporar la interdisciplinariedad o multidisciplinariedad, la ciencia ciudadana, las aportaciones de relevancia local, el pluralismo lingüístico, el pluralismo científico, así como el acceso abierto a los resultados». La novedad, en este caso, es la incorporación del «pluralismo científico». «Este término sencillamente no existe», critican fuentes académicas consultadas.
Otra de las novedades de la norma, ya adelantada por ABC, está en el procedimiento para la designación de los miembros de las comisiones encargadas de acreditar. El artículo referido a esta cuestión dice que el 50 por ciento de los miembros será propuesto al Consejo de Universidades a partir de un sorteo público que realizará la Aneca entre el personal en activo de los cuerpos docentes universitarios que reúnan una serie de requisitos. Pero el problema viene con el otro 50 por ciento para el que no habrá sorteo y cuyos miembros serán designados directamente por la Aneca. Algo que las fuentes consultadas entienden como «a dedo». Este apartado se ha querido 'apañar' agregando que para realizar esta selección la Aneca «realizará una consulta previa no vinculante a actores relevantes para recabar sus sugerencias».
Por último, el decreto prevé que los miembros de la comisión sean separados en caso de incumplimiento del código ético «previsto en el artículo 11». «Aunque no se diga expresamente si separas a una persona la estás sancionado y eso solo se puede hacer por ley, que es la que debe establecer infracciones y sanciones y no a través de un decreto de acreditación», señalan las mismas fuentes.
La Aneca quita el castigo a los investigadores por publicar en Nature
«Madrid, 2017. Carmen Vela, secretaria de Estado de Investigación, dice en un acto público: «Publicar en Nature es el sueño de todo investigador». Madrid, 2021, Aneca (agencia del Ministerio de Universidades): Ojo con publicar en Nature que es una revista sospechosa. ¡Cómo ha cambiado la ciencia en España en 4 años!». Así se lamentaba en Twitter, en 2021, Fernando Maestre, uno de los investigadores en cambio climático más influyentes del mundo. La razón era la publicación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (Aneca) de sus nuevos criterios de evaluación de la investigación en los que se puso en el punto de mira a conocidas y prestigiosas revistas como Nature, Science, Cell o PNAS. Las quejas de la comunidad científica no tardaron en llegar porque, además, el informe estaba hecho por profesionales que no eran expertas en la materia.
La Aneca, que ahora tiene nueva directora, Pilar Paneque, publicó ayer en su cuenta oficial de Twitter que el informe era «retirado». Isidro F. Aguillo , especialista en bibliometría del Instituto de Políticas y Bienes Públicos del CSIC dijo a ABC que «ha cambiado la dirección de la Aneca y esto supone un buen inicio pero es muy pronto». Recordó que el estudio «fue encargado a dedo a personas sin experiencia en el tema y que el trabajo es bastante malo, no logra descalificar revistas problemáticas e identifica como tales las que no lo son y puso en aprietos a la Aneca pues daba a entender prácticas problemáticas que podían influir en las decisiones de los comités de evaluación».
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