Irene Montero obliga a las empresas a negociar con los sindicatos el 'sello de Igualdad' y la CEOE estalla: «Lo usarán como moneda de cambio»
La ministra tendrá en cuenta, a la hora de conceder el distintivo, a las empresas que oferten productos con enfoque de género
Un Consejo de Estado dividido dictamina que el nuevo requisito podría vulnerar la libertad de empresa
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Nuevo pulso del Gobierno a los empresarios. Esta vez, a través de un aparentemente inocuo distintivo otorgado a entidades o empresas por parte del Ministerio de Igualdad. Se trata del llamado sello 'Igualdad en la Empresa' que otorga el departamento dirigido por Irene ... Montero y cuyos requisitos generales para obtenerlo se han endurecido.
El real decreto que lo regula, al que ha accedido ABC y que modifica otro anterior, se aprobará previsiblemente hoy en Consejo de Ministros. El nuevo texto establece que aquellas entidades y empresas que quieran obtener el sello de Igualdad (ya sea las que están obligadas como las que no) deberán (y aquí aparecen las novedades) pedir el apoyo de los sindicatos.
¿Y cómo se tendrá que hacer? Montero exige ahora «presentar una declaración de apoyo a la candidatura, firmada por la mayoría de la representación legal de las personas trabajadoras cuando exista en la entidad o empresa o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla».
Prevención del acoso sexual
Además, exige ahora «disponer de un procedimiento específico para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo», de acuerdo a lo dispuesto en la ley del 'solo sí es sí'. También pone como condición que la empresa no haya sido sancionada «con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios»; así como «en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad», y en «en materia de igualdad y no discriminación» (esta última materia ya estaba contemplada en el decreto anterior).
Otro requisito, también para todas las empresas, será que las «que no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada [...] deberán acreditar una presencia mínima de mujeres en su consejo de administración del 30 por ciento. Las sucesivas órdenes de convocatoria podrán ampliar este porcentaje mínimo hasta un 40 por ciento». También se exigirá «haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de dos años».
Pero la condición que más ha escocido a los empresarios ha sido la conformidad de los sindicatos para obtener el distintivo. Tanto es así, que la CEOE denunció que este requisito «hace que el compromiso por la igualdad de la empresa, y su visibilización a través de este distintivo, quede supeditado a la decisión de la representación legal los y las trabajadoras». Así lo refleja el dictamen del Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, que se hace eco de las quejas de la patronal de los empresarios.
La CEOE, además, denuncia que esta propuesta va contra la ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como contra la libertad de empresa. Dice la patronal que «existen en el proyecto indicadores suficientes de valoración de la implantación de políticas de igualdad en la empresa» y que supeditarlo a lo que digan los sindicatos «puede dar lugar a procesos en los que la igualdad se convierta en moneda de cambio de otras negociaciones o quede diluida en procesos que poco o nada tienen que ver con la igualdad», continúa citando el Consejo de Estado. Sobre este polémico punto se ha pronunciado el órgano consultivo que ha hecho un dictamen no unánime, donde la mayoría da la razón a la CEOE.
Así, dicen los letrados del Consejo de Estado que, de acuerdo a la citada ley para la igualdad, «para la concesión del distintivo han de valorarse distintos criterios objetivos («la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de dirección y en los distintos grupos y categorías profesionales de la empresa, la adopción de planes de igualdad u otras medidas innovadoras de fomento de la igualdad, así como la publicidad no sexista de los productos o servicios de la empresa») sin que se haga referencia a la necesidad de contar con un respaldo explícito de la mayoría de la plantilla o de su representación legal».
Por lo tanto, entiende el Consejo de Estado, según reza en su dictamen, que la declaración de apoyo que pide Irene Montero podría sustituirse por la «preceptiva aportación de un informe de la representación legal de los trabajadores en el que esta valore el plan o las políticas de igualdad implementadas por la empresa».
Un elemento «más útil»
Por último, para el máximo órgano consultivo, «un informe motivado constituye un elemento más útil y acertado para la valoración objetiva de los eventuales méritos de la entidad o empresa en materia de igualdad que una simple declaración de apoyo, cuya omisión puede venir motivada por circunstancias que escaparían a la evaluación por parte de la Administración al excluir a la empresa del acceso al procedimiento».
El obligado acuerdo con los sindicatos no ha puesto de acuerdo, sin embargo, al Consejo de Estado. Si bien la mayoría se inclinó por la postura de la CEOE, dos de sus miembros han hecho un votos particular. Estos señalan que «en contra de lo que se afirma en el dictamen», la exigencia del requisito del acuerdo con los sindicatos «no puede considerarse contraria al artículo 5.4 de la ley orgánica de 2007, según el cual para la obtención del distintivo han de valorarse siguiendo criterios objetivos».
Así, en el voto particular se sostiene que «puede considerarse también un criterio objetivo la opinión de un órgano representativo del personal que según [...] la Ley del Estatuto de los Trabajadores tiene, entre otros cometidos, «la vigilancia del respeto y aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres» o en su caso, la decisión de la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de la empresa».
En el voto particular dicen, también, que la propuesta que hace el Consejo del informe motivado como alternativa a la propuesta de Irene Montero, «puede ser insuficiente para asegurar que el distintivo concedido responde a una realidad de políticas efectivas de igualdad entre trabajadoras y trabajadores dentro de la empresa».
Pero el voto particular, no se queda ahí. También critica que la dirigente de Podemos no haya hecho un decreto nuevo (y se haya limitado a la modificación de uno anterior) teniendo en cuenta el calado de las medidas que aporta. Otra crítica (esta sí de todo el Consejo) se refiere al requisito del 30 por ciento de mujeres en los consejos de administración. El órgano dice que Montero no «precisa suficientemente» a qué se refiere cuando habla en la norma de «su consejo de administración». «Debería tenerse en cuenta la evolución de esa presencia femenina en los consejos de administración de las empresas con arreglo a algún promedio, dato o porcentaje más concreto», critican.
Criterios de valoración
Entre otras novedades del decreto destacan nuevos criterios de valoración que la ministra tendrá en cuenta a la hora de otorgar el sello. Por ejemplo, la «incorporación del enfoque de género en sus procesos, y en su oferta de productos y servicios», la «contratación de mujeres con mayores dificultades y/o en riesgo de exclusión social, especialmente mujeres que se enfrentan a discriminación múltiple e interseccional y mujeres víctimas de violencia de género y demás formas de violencia contra las mujeres» y la «integración de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales», entre otros.
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