Entierros sin ataúd en España: ¿en qué comunidades se puede hacer? ¿Es una práctica de riesgo?
Cuatro regiones y dos ciudades autónomas permiten esta costumbre a la hora de dar sepultura, que es común entre la población judía y musulmana
Galicia reduce de 24 a 12 horas el plazo mínimo para enterrar a un fallecido y permite hacerlo sin ataúd
![Cementerio musulman en Griñón](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/sociedad/2023/09/20/cementerio-grinon-krg-U60255827217SMF-1200x840@abc.jpg)
En un mes la población musulmana y judía que reside en Galicia podrá enterrar a sus muertos sin necesidad de ataúd. El decreto que lo permite fue aprobado este lunes y con él las comunidades religiosas que así lo reclamaban podrán cumplir con su tradición.
La práctica a la que ahora se suma la comunidad gallega estaba permitida ya en Castilla y León, Andalucía, Asturias, Valencia y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Además en algunas provincias cuentan con cementerios musulmanes, los únicos en los que está permitido inhumar directamente en la tierra.
Esto ocurre a pesar de que en Decreto 2263/1974 prohíbe expresamente «la conducción, traslado y enterramiento de cadáveres sin el correspondiente féretro».
Sonsoles Castro, médico forense, y representante nacional de la sección colegial de médicos de Administraciones Públicas de la Organización Médico Colegial (OMC), explica que debido a la antigüedad de la norma y a que cada comunidad autónoma tiene las concedidas estas competencias se acordó elaborar una nueva guía sobre seguridad mortuoria.
Las garantías necesarias
Para poder inhumar un cadáver sin ataúd deben cumplirse unas garantías determinadas. En primer lugar los únicos cuerpos que pueden enterrarse directamente en la tierra son los del grupo III, es decir los que no presentan riesgo radiológico ni riesgo para la salud pública no profesional por enfermedad infectocontagiosa.
«Además, para poder hacerlo, se deben realizar estudios hidrogeológicos de los terrenos, para conocer su permeabilidad y otros factores. De no cumplirse las condiciones óptimas, los fluidos se pueden difundir por el terreno y las aguas», añade Castro.
Pero, ¿qué ocurriría si esos fluidos acaban filtrándose? Según la experta, la duda es razonable, pero asegura que se contemplan todas las medidas de seguridad para que no conlleve ningún riesgo para la población.
De hecho, Castro recuerda que «la inhumación directa en la tierra se lleva realizando durante miles de años y es costumbre en muchas culturas, por lo que no supone ningún peligro».
Eso sí, lo único que está permitido hacer sin ataúd es la inhumación. Por tanto, el traslado y otras prácticas previstas tras el fallecimiento han de realizarse con las medidas de seguridad que establece la ley, recuerda la experta.
Por último, cabe recordar que ya en 1992 el Gobierno aprobó acuerdos de cooperación con la Comisión Islámica y la Federación de Comunidades Israelitas de España que reconocen el derecho a la concesión de parcelas y el derecho de poseer cementerios judíos e islámicos para que se pudieran realizar este tipo de inhumaciones. No obstante, no ha sido hasta los últimos años cuando se ha empezado a avanzar en este tipo de derechos.
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