Turull pide al Supremo que borre sus 12 años de inhabilitación por la malversación del 'procés'
El líder independentista solicita a la Sala Segunda que le aplique la ley de amnistía y dé por extinguida su responsabilidad penal
Fuentes próximas a Puigdemont no se plantean presentar ningún escrito: entienden que el juez ha de actuar de oficio
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El dirigente independentista Jordi Turull ha pedido este martes a la Sala Segunda del Supremo que le aplique la recién publicada ley de Amnistía y que dé por extinguida su responsabilidad penal. Turull fue condenado a 12 años de prisión y 12 años de inhabilitación ... absoluta por un delito de sedición en concurso con otro de malversación por el 1-O, y aunque el indulto que le concedió el Gobierno le perdonó la pena de cárcel, estaba inhabilitado hasta 2030.
En el escrito presentado ante el Alto Tribunal, al que ha tenido acceso ABC, la defensa de Turull recuerda que según el artículo 1 a), el ámbito de aplicación objetiva de la nueva ley «es, entre otros, los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Catalunya, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos».
Se encuentran comprendidos en este supuesto, dice, los actos tipificados como delito de malversación «únicamente cuando esté dirigido a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas descritas, directamente o a través de cualquier entidad pública o privada, y siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento». De igual forma, el artículo 1.4 de la ley matiza que «no se considerará enriquecimiento la aplicación de fondos públicos a las finalidades previstas en los apartados a) y b) cuando, independientemente de su adecuación al ordenamiento jurídico, no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial».
Considera Turull que la norma es de «plena aplicación» a su caso, pues «se cumple tanto el presupuesto temporal como el fáctico»: se le condenó por la comisión de los delitos recogidos en el art. 1 a) de la Ley y, en lo que respecta al delito de malversación, «con pleno ajuste a los requisitos restrictivos de ausencia de propósito de enriquecimiento personal según la relación de hechos probados de la sentencia condenatoria».
En este sentido lo imputado a Turull «no fueron disposiciones de fondos públicos que se hubieran traducido en un gasto material y efectivo en detrimento del patrimonio público, sino que consistían en la mera aprobación de gasto destinado a la celebración del referéndum (acordado por la anterior Consellera), sin que efectivamente se hubiera ejecutado su abono o liquidación, por lo que difícilmente podría hablarse de enriquecimiento personal de mi principal o de ilícita disminución de los caudales públicos«, apunta.
Respecto al delito de desobediencia por el que también fue condenado (en concurso con la malversación y en sustitución del derogado delito de sedición) de la sedición, Turull recuerda que la ley de Amnistía los contempla de forma específica: «Actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza (…) que hubieran sido ejecutados con el propósito de permitir la celebración de las consultas populares (...)».
Suspensión
En su escrito, la defensa del político de Junts contempla la posibilidad de que la Sala plantee alguna cuestión prejudicial ante el TJUE o cuestión de incosntitucionalidad ante el TC. Si esto fuera así y el procedimiento fuera paralizado hasta que haya decisión, pide que se suspenda la ejecución de la condena de inhabilitación hasta que finalice la suspensión de la aplicación de la ley.
«En efecto, si hipotéticamente la aplicación inmediata de la ley y por ello la revisión de la sentencia, se demorase por periodo entre uno o dos años, se estaría alargando innecesariamente la pena de inhabilitación de mi principal que, en la práctica, estaría cumpliendo los 12 años de inhabilitación a los que fue condenado, más el periodo que quede en suspenso la revisión de la sentencia por mor de cualquier causa de suspensión, privándose innecesariamente a mi principal del derecho de acceso a cargos públicos durante el periodo en que la ley quede en suspenso», argumenta.
Por el contrario, si se suspende la ejecución de la condena de inhabilitación mientras resta en suspenso la tramitación de la ley y por ende la revisión de la sentencia, y finalmente la citada ley fuere declarada inconstitucional o contraria al derecho de la Unión, «nada empece a que entonces se continúe ejecutando la pena de inhabilitación, por lo que ningún perjuicio se causaría al interés público».
Puigdemont, a la espera
Por su parte, y según ha podido saber ABC de fuentes próximas a Puigdemont, el líder de Junts no se plantea presentar ningún escrito ante el Tribunal Supremo al entender que es el juez Llarena quien tiene que actuar de oficio y levantar sus cautelares.
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