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Toque de atención en un voto particular: «El Constitucional no puede asumir el papel del legislador»

Los magistrados Arnaldo y Espejel reprochan a sus compañeros la intromisión al resolver sobre permisos en familias monoparentales

El TC declara inconstitucional que las madres solteras no puedan alargar las 16 semanas de permiso

Pleno del Tribunal Constitucional presidido por Conde-Pumpido
Nati Villanueva

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«Si todos los poderes públicos, y muy particularmente el legislativo, están siempre obligados a respetar escrupulosamente lo resuelto por el Tribunal Constitucional, este órgano está igualmente obligado a no injerirse en el funcionamiento de los poderes del Estado, y de modo singular a ... no suplantar al legislador, convirtiéndose en una suerte de 'legislador positivo'«. Así lo advierten los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel en un voto particular a la sentencia en la que el Pleno estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña respecto a los artículos 48 del Estatuto de los Trabajadores y 177 de la Ley General de la Seguridad Social, que regulan los permisos por nacimiento y cuidado de hijo. El TC respaldó hace unos días que las madres biológicas de familias monoparentales puedan ampliar su permiso por nacimiento y cuidado de hijo hasta 26 semanas, en lugar de las 16 semanas establecidas anteriormente, reconociendo así el derecho de estas familias a un período de cuidado similar al de las familias biparentales.

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