El Supremo confirma la condena del 'Albondiguilla' por la trama Gürtel en Boadilla del Monte
Avala la sentencia de la Audiencia Nacional que situó al PP como partícipe a título lucrativo en esta parte de la causa
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que interpuso el exalcalde de Boadilla del Monte (Madrid) Arturo González Panero contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó a casi 37 años de prisión por los contratos con la trama Gürtel en ... la localidad que dirigía. Confirma así los términos que se establecieron en instancia, donde el PP fue también condenado como partícipe a título lucrativo y no recurrió.
En concreto, al juicio llegaron 25 acusados pero 16 alcanzaron pactos de conformidad con la Fiscalía, dos fueron absueltos y los otros siete recurrieron al Supremo con resultado desigual: No se han estimado los recursos de González Panero, conocido como 'el Albondiguilla', del que fue su director técnico de la Concejalía de Deportes, Juan Carlos Rey Rico; ni de una empresa que fue condenada como responsable civil subsidiaria.
Sobre el exalcalde de Boadilla, la Sala descarta aplicarla las atenuantes de confesión, reparación del daño y dilaciones indebidas que reclamaba y que podrían haber supuesto una rebaja de la condena. Y sobre Rey Rico, lo que dice la sentencia es que está acreditado que sobrevaloró caprichosamente la oferta de una de las empresas que se presentó a un concurso público para poder adjudicarle indebidamente las obras.
Mejor recorrido ha tenido el recurso en casación de los empresarios Gonzalo Naranjo, que gestionaba con su padre la constructora Sufi; y Rodolfo Ruiz, condenado por blanqueo de la trama. Se estiman en su totalidad sus pretensiones, por lo que quedan absueltos.
En el caso de Naranjo, la Sala entiende que la participación consciente en el pago de un soborno, sin haber tenido conocimiento previo acreditado del pacto alcanzado entre su padre y los miembros de la trama, ni, al tiempo de producirse, de la indebida adjudicación del concurso, aunque conociera después el sentido y finalidad del pago, pertenece a la fase de agotamiento del delito de cohecho activo, no pudiendo reputarse como una forma de participación en el mismo.
De Ruiz concluye que ayudar a uno de los miembros de la trama para ocultar la procedencia ilícita del dinero no puede tampoco considerarse como acto causalmente eficaz para la comisión de los delitos previos, aunque sí pudiese haber sido constitutivo de otras figuras delictivas por las que, sin embargo, no se formuló acusación.
La funcionaria y el socio de Blanco Balín
En cuanto a los dos otros dos que recurrieron, el Supremo estima pero sólo parcialmente los términos planteados. Uno es de Alicia Vallejo, que era la jefa del área de Patrimonio del Ayuntamiento de Boadilla y había sido condenada a tres años de prisión por recibir un piso protegido. Los magistrados consideran que no se ha acreditado suficientemente que cooperase con González Panero en un delito de blanqueo de capitales por unas transferencias realizadas entre una cuenta en Suiza y otra en China ni que falsificase facturas.
El otro es el que interpuso Carlos Jorge Martínez Massa, socio del también condenado asesor fiscal de la trama José Blanco Balín. En su caso, por un cálculo de la pena ya que el Supremo considera que se le debió aplicar un atenuante en el delito de prevaricación a título de cooperador necesario por el que se le condenó.