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Tres investigados por terrorismo en el caso Tsunami alegan desobediencia pacífica para reclamar la amnistía

Sendos escritos solicitan el olvido penal para el dirigente de Òmnium Oleguer Serra y los empresarios Oriol Soler y Josep Campmajó

Uno de los investigados por 'Tsunami' anuncia que lleva seis meses en Suiza: «La acusación por terrorismo es contra Òmnium»

Oleguer Serra, ABC
Elena Burés

Elena Burés

Barcelona

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Oleguer Serra, miembro de Òmnium investigado por terrorismo en el caso Tsunami, esgrime su derecho fundamental de reunión y de desobediencia «pacífica» para solicitar la amnistía. También otros dos investigados en la misma causa, los empresarios Oriol Solé y Josep Campmajó. En sendos escritos, remitidos a la Audiencia Nacional (AN) y consultados por ABC, solicitan así el sobreseimiento libre del procedimiento, que se encuentra en fase de instrucción. Todo ello, después de la entrada en vigor, este martes, del olvido penal, con la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Su defensa, que ejerce Benet Salellas, apunta que en dicha causa se investiga la actividad desplegada por parte de la iniciativa de movilización ciudadana llamada Tsunami Democràtic, durante el otoño del 2019, como respuesta a la sentencia dictada por el Tribunal Supremo contra los organizadores del referéndum del 1-O. Tal y como ya había expuesto en escritos anteriores, el abogado sostiene que los hechos imputados están incardinados en el derecho fundamental a reunión pacífica y, por lo tanto, «sin ninguna naturaleza penal».

Es más, el texto recuerda que esa fue la consideración que recibieron las protestas por parte de los cuerpos policiales, cuando no incoaron «ni tan siquiera atestado al respecto de determinados hechos (como sucedió, por ejemplo, con los actos de protesta durante la jornada electoral de reflexión) o por parte de los órganos judiciales mediante sendos autos de sobreseimiento cuando sí fueron tramitados atestados policiales (como ocurrió con los cortes de la AP-7 por parte de los Juzgados de Instrucción 3 de Gerona y 4 de Figueres, el primero de ellos confirmado por la Audiencia Provincial de Gerona)».

Sostiene así la defensa que Tsunami fue una iniciativa ciudadana «construida desde la lógica de la desobediencia civil no violenta y en todos los actos convocados y organizados por dicha plataforma movilizadora la intención de los convocantes fue siempre el de desarrollar actos de protesta de forma pacífica». Motivo que le lleva a invocar, de nuevo, algunas ideas establecidas por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Entre éstas que, cuando se alegan intenciones violentas en los organizadores de una protesta, la carga de la prueba corresponde a las autoridades o que, obstaculizar y cortar el tráfico incluso en el acceso a un aeropuerto es derecho de reunión pacífica.

Así, apunta Salellas, «de todo lo acontecido en el otoño del 2019, únicamente pueden llegar a tener consideración y relevancia penal aquellas actuaciones individuales de naturaleza violenta que hayan podido comportar algún tipo de resultado lesivo en personas o en bienes (delito de desórdenes públicos), causas que en aquellos casos en los que fueron identificados sus autores, evidentemente fueron ya tramitadas e incluso muchas de ellas ya enjuiciadas en los tribunales ordinarios en Cataluña».

Pese a los reiterados escritos de las defensas, tanto el Juzgado Central de Instrucción 6 de la AN, como el Supremo -en el caso de Puigdemont y Wagensberg- continuaron con el procedimiento por terrorismo. Ahora la defensa de Serra apunta que, «más allá de las discrepancias en la calificación jurídica», y «del grave problema de autoría que adolece la presente investigación, no cabe duda alguna que no consta ninguna violación grave de derechos humanos relativa a la vida ni a la tortura» [excluidos del olvido penal], con lo que su representado puede beneficiarse de la ley de amnistía.

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