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El TSJ obliga a la Junta a declarar el fin de la concesión de las pistas segovianas de Navacerrada

Desde que se tomará en 2021 la decisión de no renovar el uso del espacio, el proceso administrativo se había estancado ante un conflicto competencial entre administraciones

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Imagen de archivo de las pistas segoviana de Navacerrada ICAL
M. Gajate

M. Gajate

Valladolid

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La administración autonómica deberá declarar a caducidad del título concesional de las pistas de esquí de Navacerrada en la vertiente segovianay pilotar la gestión de los pasos siguientes respecto a la retirada de las instalaciones y de restauración de la realidad física alterada. Así lo ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que resuelve el conflicto por el que durante más de dos años Estado y Junta se han lanzado la pelota sobre el trámite que pone el punto y final a la polémica decisión que paró en 2021 los telesillas, alegando cada cual que la competencia era del prójimo.

Fue en marzo de ese año cuando el Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, resolvía que no renovaría la concesión de uso de ese espacio que databa de 1996 y caducaba un mes después. «Como consecuencia se debe proceder a desmontar y retirar los remontes y sus zapatas, eliminar edificios y retirar sus escombros, retirar cables tomas de agua ya sea en emplazamientos de cañones o en la toma del arroyo del telégrafo» y, en definitiva su entorno debía ser devuelto a su estado natural.

Comenzó tras ello un largo camino administrativo entre la empresa concesionaria y OAPN y la Junta de Castilla y León, que en ambos casos declinaban dictar ellas la resolución de declaración de caducidad de la concesión al entender que las competencias no eran suyas y el asunto llegó a los tribunales.

En primer lugar fue inadmitido por el Tribunal Constitucional en febrero de 2022, que concluía que el «objeto de la controversia» respecto a unas pistas envueltas en polémica en el plano político era «a quién le corresponde» resolver y realizar las funciones relativas al control del título concesional, una disyuntiva que enmarcaba en el ámbito de la legalidad ordinaria, a la que Junta y Estado, en paralelo, ya habían acudido para «solventar sus desavenencias», una vía que ahora se pronuncia.

Pese a las múltiples alegaciones de ambas partes, incluidos los reproches acerca de la decisión de cerrar las pistas o las dudas sobre motivos no administrativos por los que no avanzaba el procedimiento, comparte el TSJ con el TC que lo que «debe resolver quién es la Administración competente para pronunciarse sobre la declaración de caducidad de la concesión» y «la respuesta es la Comunidad Autónoma», recoge el fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Así lo considera alegando que es la administradora gestora del monte público catalogado (titularidad del OAPN), lo cual «evidencia que fuera ella misma quien inicialmente tramitase la solicitud de renovación de la concesión» que finalmente fue denegada «aunque después haya tratado de alguna forma de desvincularse del meritado procedimiento y de la asunción de competencia que su tramitación revelaba».

Por ello, señala que la Junta deberá declarar -previa la tramitación del correspondiente procedimiento administrativo, con audiencia de los interesados- la caducidad del título concesional, con la determinación de los pronunciamientos correspondientes en materia de liquidación del estado posesorio y en materia de retirada de las instalaciones y de restauración de la realidad física alterada.

Determinada la competencia de la administración autonómica, el TSJ considera «irrelevante -por innecesario- el examen del resto de reproches entre las partes. Por un lado, el Estado alegaba en su escrito que la »declaración de falta de competencia responde realmente a una finalidad distinta, cual es la de impedir la efectividad de la decisión del Organismo Autónomo Parques Nacionales de no permitir que se conceda una nueva concesión«. La Junta rechazaba esa »desviación de poder« del plano político al procedimiento administrativo y devolvía la acusación al OAPN por »pretender cerrar de forma única y exclusiva, de las más de 30 zonas de pistas de esquí existentes en España«, la de la vertiente segoviana de Navacerrada «y hacerlo sin fundamento y sin causa general medioambiental o específica».

Desde la Junta, el portavoz del Ejecutivo autonómico, Carlos Fernández Carriedo, ha señalado este jueves tras la reunión del Consejo de Gobierno que la Junta estudiara «en detalle» el fallo que que «si hay algún margen para los recursos, por supuesto que presentaremos recursos en defensa de estos intereses«, informa Ep.

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