VOLCÁN LA PALMA
A los afectados del volcán les expropiarán con el valor actual «inexistente» de sus propiedades
La Plataforma de Afectados por el Volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma piden que se valoren las propiedades en su precio anterior a la erupción
La Plataforma de Afectados por el Volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma propone que en la Ley de Presupuestos Generales del Estado actualmente en tramitación se modifique el artículo 36.1 de la Ley de Expropiación Forzosa para que haga una excepción en las propiedades sepultadas por la lava, y que estas sean tasadas de acuerdo a su valor antes de la erupción.
A los propietarios del suelo sepultado por la lava del volcán se les va a aplicar el valor del justiprecio actual del terreno lávico que es un valor casi inexistente y no el valor que tenía la propiedad antes del volcán.
El artículo 36 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 establece que las tasaciones se efectuarán con arreglo al valor que tengan los bienes o derechos expropiables al tiempo de iniciarse el expediente de justiprecio, y consideran «imprescindible» que a este precepto se añada un apartado específico para el caso del volcán de Cumbre Vieja.
Como han señalado, las medidas administrativas para la rehabilitación de las carreteras sepultadas por la lava del volcán de construcción de dos nuevas carreteras ha activado dos expedientes de expropiación, uno por parte del Cabildo Insular de La Palma y otro por parte de la Administración del Estado a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En el primer caso el Cabildo Insular de La Palma ha ejecutado las obras de emergencia en la carretera LP-213 'Puerto Naos' tramo La Laguna (Pk3+200) a Las Norias (Pk6+500) en los términos municipales de Los Llanos de Aridane y Tazacorte cuyo expediente se encuentra paralizado. Este expediente expropiatorio afecta a 131 pequeños propietarios de parcelas en los términos municipales de Los Llanos de Aridane y Tazacorte de más de 50.000 metros cuadrados.
En el segundo caso, el Ministerio ha abordado mediante una declaración de emergencia una nueva carretera de unos 5,5 km de longitud entre Puerto Naos y Tazacorte que permitirá restablecer la conexión viaria en la vertiente occidental de la isla de La Palma, afectada por la erupción volcánica en una carretera proyectada sobre terrenos tanto afectados por las coladas como sobre terrenos no afectados.
Por tanto, una vez declarada como espacio natural protegido la zona afectada por el volcán que la Comunidad Autónoma de Canarias determine en el futuro el expediente expropiatorio en el que se deberá abonar un justiprecio al propietario del suelo que se ve privado del mismo.
Esta redacción debería ser: «En el caso de los terrenos afectados por la lava del volcán de La Palma erupcionado el 19 de septiembre de 2021, el valor de tasación del justiprecio en las expropiaciones que se tramiten, se determinará con efectos retroactivos al valor del bien inmueble existente anterior a la erupción».
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