Griñán cuestiona los motivos de la Audiencia de Sevilla para llevar a la Justicia europea el borrado del caso ERE por el Tribunal Constitucional
Su abogado pide al tribunal sentenciador que aclare por qué las sentencias del órgano de garantías son incompatibles con el Derecho de la UE
El tribunal del caso ERE ignorará al Constitucional hasta que la Justicia europea se pronuncie

Un día después de que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla iniciara los pasos para el caso ERE ante la Justicia europea, han surgido las primeras discrepancias en las defensas de ex altos cargos socialistas beneficiados por el borrado de delitos que hizo el Tribunal Constitucional ... (TC). El primero en expresar sus reservas ha sido el abogado del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, al que el TC eliminó el delito continuado de malversación castigado con seis años de prisión al entender que las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Tribunal Supremo quebrantaron sus derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia.
En un escrito al que ha accedido ABC, que ha sido remitido este jueves al órgano que dictó la sentencia en la denominada pieza política de la macrocausa de corrupción de los ERE, el letrado del exmandatario le pide una aclaración antes de pronunciarse sobre la cuestión prejudicial que planea elevar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Audiencia hispalense concedió un plazo de diez días a las partes personadas en el proceso para que formularan sus alegaciones.
Sin llegar a pronunciarse sobre el fondo del asunto, la defensa de José Antonio Griñán sí pone objeciones a la iniciativa de la Audiencia de Sevilla por falta de concreción y «rigor». Así, le pregunta a la Audiencia «qué es aquello que, para el Tribunal, pudiera ser (posiblemente y parcialmente) incompatible con el derecho de la UE».
En su providencia del pasado 18 de marzo, el tribunal encargado de revisar la sentencia del caso ERE argumentaba que «no puede dejar de lado» la posibilidad de que sea incompatible con el Derecho de la UE la doctrina impuesta por la mayoría de magistrados progresistas que domina el TC. Los jueces encabezados por Cándido Conde-Pumpido, que fue fiscal general del Estado nombrado por José Luis Rodríguez Zapatero, anularon parcialmente las penas fijadas a los expresidentes Manuel Chaves y Griñán, entre otros ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía, por el reparto sin ningún control ni transparencia de ayudas por un montante cercano a los 680 milllones de euros entre los años 2000 y 2009.
Pide concreción
«Más allá de la información a las partes de una actuación que el tribunal considera que se ve obligado a afrontar ('el tribunal no puede dejar de lado…') y de la imprecisión de que esa 'obligación' venga justificada por una mera 'posibilidad' de una incompatibilidad parcial o limitada con el derecho de la Unión Europea, lo que impide o al menos dificulta enormemente la tarea de abordar una respuesta al traslado conferido es la falta de identificación por el Tribunal de qué es aquello que sería (posiblemente y de forma parcial) incompatible con el derecho de la UE», objeta el letrado de Griñán.
El abogado extracta frases de la providencia para mostrar sus reservas. En una de ellas se mencionan «las valoraciones que hace el Tribunal Constitucional en esas sentencias, que le llevan a entender que esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla y la Sala Segunda del Tribunal Supremo han vulnerado el derecho a la legalidad penal…» Pregunta cuáles son esas valoraciones que llevan a la sala a poner encima de la mesa la incompatibilidad con el derecho comunitario.
Incompatible con el combate de la corrupción
La Audiencia cuestionaba la interpretación que el TC hace sobre leyes de Presupuestos autonómicas, el incumplimiento de exigencias internacionales de lucha contra la corrupción política o que afecte a interés financieros comunitarios, y planteaba inaplicar las sentencias al considerar como lícitas actuaciones de los ex altos cargos socialistas que para los jueces merecen un castigo penal.
Para el abogado del expresidente, «se hace inviable llevar a cabo un juicio comparativo entre las normas y jurisprudencia de la UE frente a 'valoraciones' no identificadas, 'excesos' no concretados, 'doctrinas' que parece que se dan por supuestas, sugeridas o insinuadas o frente a clases de sentencias (las que denomina 'interpretativas') que no se definen o identifican mínimamente».
La Audiencia mencionaba expresamente la sentencia de Euro Box Promotion en la que la Justicia europea autorizaba a los jueces rumanos a desobedecer una sentencia del órgano constitucional de este país por ser contraria a la lucha contra la corrupción.
En su escrito, esta defensa también pregunta por qué la resolución viene «encabezada» por los cinco magistrados encargados de revisar la sentencia de los ERE, dado que las decisiones que se adoptan son colegiadas y, sin embargo, aparece la firma de una de las integrantes del tribunal, Pilar Llorente.
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