Ayuntamiento
El seguro a terceros será obligatorio en Córdoba para los conductores de patinetes esta semana
La otra medida clave de la ordenanza de movilidad, el uso del casco, no se podrá aplicar por ahora
Tres mil usuarios de patinete en Córdoba, ante la obligación de usar casco y de tener seguro en 2023
![Un joven, ayer incorporándose a Gongomar montado en su patinete](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2023/08/16/joven-gondomar-cordoba-k6UF-U60542732376CD-1200x840@abc.jpg)
La ordenanza de movilidad entrará en vigor plenamente esta semana y ello implica que los conductores de patinetes eléctricos deben tener un seguro de daños a terceros. Es una de las medidas estrella de esta regulación municipal. La otra, la obligatoriedad de utilizar el casco en estos vehículos de movilidad personal (VMP), por ahora no se podrá aplicar.
La citada ordenanza de movilidad entró en vigor el 18 de febrero de 2023. En su articulado, se establecía una prórroga de seis meses para que los propietarios de estos patinetes contaran con un seguro de daños a terceros. El Ayuntamiento señaló entonces que tenían hasta el 18 de agosto (este viernes) para contratar dicho seguro. Ahora bien, desde el Consistorio, indicaron ayer a ABC que a lo largo de esta semana se comunicará si hay un periodo de gracia. Es decir, un lapso de tiempo en el que la Policía Local hará labor informativa y no sancionadora.
Antes de activar esta medida, el Ayuntamiento elevó el 5 de junio una consulta a la Dirección General de Tráfico (DGT) para conocer si podía aplicarla. La respuesta, a la que ha tenido acceso este medio, llegó diez días después y fue afirmativa. Aunque este ente público reconoce que la obligatoriedad de contar con una póliza de este tipo «no está regulada» por la normativa actual, incide en otra cuestión.
Defiende que, «dadas las graves consecuencias» de los accidentes de VMP no amparados por un seguro, sobre todo «de cara a posibles terceros afectados, los cuales en su mayoría son usuarios vulnerables de las vías públicas», es «muy oportuno regular la obligatoriedad de la cobertura de responsabilidad civil, tal y como se propone [por la ordenanza cordobesa]». Por ello, la DGT responde a Capitulares que considera que «no existe ningún obstáculo legal que impida» que las regulaciones de los Ayuntamientos «recojan esta exigencia; y más aún si se ha considerado un oportuno periodo de transitoriedad para la medida [como ha hecho el Consistorio de la capital]».
La DGT, tras una consulta del Ayuntamiento, le indicó que no puede fijar el uso obligatorio del casco. Antes, debe haber un cambio normativo nacional
La Dirección General de Tráfico sí deja sin efecto la otra gran novedad en la ordenación del uso de los patinetes por parte de Capitulares: la obligatoriedad del casco. El gobierno local, en la consulta sobre los seguros, preguntó también por esta medida recogida en la ordenanza, si bien el Ayuntamiento ya anunció cuando entró en vigor en febrero un periodo de gracia, en el que la labor de los agentes sería informativa en cuanto al empleo de este elemento de protección. Pues bien, el Consistorio no podrá activarla por ahora.
Regulación de patinetes
La DGT expone que la Ley de Tráfico, de 2015 y modificada por normativa de 2021, recoge que «el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a usar el casco en los términos que reglamentariamente se determine». Tras ella, la DGT publicó en 2022 una instrucción en la que se establece que la aplicación de este extremo «se retrasa hasta que haya un desarrollo reglamentario por medio de una próxima modificación del Reglamento General de Circulación».
Por ello, avisa este ente estatal, hasta que no se produzca dicha modificación, el «conductor de un VMP no estará obligado a usar el casco en ningún caso, independientemente de si este aspecto queda regulado en ordenanzas municipales».
![Una joven ayer en patinete por la Ribera](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2023/08/16/joven-patinete-cordoba-k6UF--624x350@abc.jpg)
Eso sí, la Dirección General de Tráfico sí considera «muy recomendable» emplearlo porque «proporciona una protección crucial a la cabeza y el cuello en caso de colisión o caída, marcando, en muchos casos, la diferencia entre una lesión leve u otra potencialmente mortal». La DGT concluye que está trabajando para que «en el plazo más breve posible sea aprobada la actualización del Reglamento de Circulación» para que sea «obligatorio» emplear el casco por quienes usen los VMP.
La ordenanza regula otros aspectos del uso de los patinetes eléctricos, una forma de movilidad que ni se podía atisbar cuando se hizo el anterior texto municipal sobre movilidad.
En ella, aparecen cuestiones como que la edad permitida para circular en un VMP se fija en 15 años o que sus conductores se deberán bajar de su vehículo en las vías peatonales (la preferencia es para los caminantes) si hay «aglomeración» de viandantes. Se da esa situación, según la ordenanza, si no es posible que haya un metro de distancia entre el VMP y quienes van caminando o circular en línea recta cinco metros de manera continuada y de forma preferente por el centro de la vía. Los patinetes tampoco podrán transitar por las aceras -la DGT ya lo prohibió en 2021-.
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