Más de 150 presos por terrorismo sin delitos de sangre en España
La inmensa mayoría son yihadistas (76) y etarras (67), muchos de los cuales fueron condenados sin causar heridos
Sumar propone aprobar la amnistía tal y como está ya y reformar este delito en el Código Penal
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Las cárceles españolas cuentan con 153 internos detenidos, acusados o condenados por terrorismo sin delitos de sangre, entendiéndose por tales los asesinatos o provocación de heridas graves. Entre ellos, 67 etarras, 76 yihadistas, cinco miembros de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de ... Octubre (Grapo) y otros cinco de Resistencia Galega.
Según el Observatorio de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), en las prisiones del país se encuentran 161 presos de ETA (94 con y 67 sin delitos de sangre), cifra que el colectivo proetarra Etxerat reduce a 142 sin hacer distinción por tipo delictivo, pero sí entre hombres (120) y mujeres (22). Todos los presos etarras ya tienen sentencias condenatorias mientras que el número de preventivos lo completan los detenidos por delitos de terrorismo yihadista, la mayoría por adoctrinamiento. Sólo uno, Yassine Kanja, está acusado de asesinato, el del sacristán de la Iglesia de la Palma de Algeciras (Cádiz), Diego Valencia, en enero del año pasado.
Son cifras que ABC ha obtenido del cruce de las facilitadas por el Observatorio de Política Penitenciaria de la AVT, el colectivo de familiares y allegados de presos de ETA, Etxerat, la última estadística penitenciaria del Ministerio del Interior, relativa a 2022, la memoria anual de la Fiscalía General del Estado y el listado anual de condenas por tipo de delito del Instituto Nacional de Estadística (INE).
La última redacción de la propuesta de ley de amnistía que el PSOE espera sacar adelante, y que ha vuelto a la Comisión de Justicia del Congreso al no contar con los votos a favor de Junts, contempla que incluya los delitos de terrorismo siempre y cuando no «hayan causado violaciones graves de derechos humanos», en particular las previstas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, sobre el derecho a la vida y la prohibición de la tortura.
Una redacción que, desde que se conoció, ha generado debate en el ámbito jurídico por la intención de diferenciar entre un terrorismo más susceptible de perdón y otro menos en función de la intención de quien comete el delito, así como de su resultado.
Junts exige al Gobierno más cambios en la ley para asegurarse de que los implicados en las causas de los CDR y Tsunami Democràticsigan protegidos con la amnistía después de que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón apunte que las lesiones graves contra policías en la batalla campal tras las protestas contra la sentencia del 'procés' en octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona (Barcelona) contravendrían ese Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, es decir, no cabrían en la ley.
«Redacción difusa»
El juez sitúa al expresidente catalán fugado de la Justicia, Carles Puigdemont, en el «vértice» de la organización Tsunami Democràtic. Su abogado, Gonzalo Boye, ve un «agujero negro» o una «brecha» en la actual redacción de la ley de amnistía «por la que jueces como García-Castellón intentarán no sólo hacer entrar a las personas de Tsunami y los CDR que ahora serían afectadas, sino a todos aquellos que puedan», afirmó en una entrevista concedida a 'Vilaweb' el domingo pasado.
En la intención de acorazar legalmente a Puigdemont, Junts continúa exigiendo cambios en la ley que se ha convertido en el asidero de Pedro Sánchez a La Moncloa. Sumar, su socio de Gobierno, abrió este jueves la puerta a modificar el delito de terrorismo en el Código Penal como alternativa a ley de amnistía que se atasca. Jaume Asens, interlocutor entre la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y Puigdemont, propuso cambiar la redacción de este delito en un Código Penal que, consideró, tiene una definición «muy difusa y que permite muchas interpretaciones», afirmó en una entrevista en TV3. Reconoció que «lo que más preocupa al PSOE es que la ley pase todos los filtros, el del (Tribunal) Constitucional, el de Europa y la opinión pública, y lo que más preocupa a Junts es que cubra todos los encausados».
Efecto llamada
Juristas con dilatada experiencia en delitos de terrorismo consultados no ven peligro de inconstitucionalidad -por atentar contra la igualdad ante la ley del artículo 14 de la Carta Magna- en la actual redacción de la ley de amnistía ni un peligro de efecto llamada a otros condenados por terrorismo que pidan revisiones de sentencia y rebajas de condena, como ocurrió con la 'ley del sí es sí', por el hecho de que sin resultado de sangre, sea amnistiable. Explican que sería imposible porque se trata de un olvido con motivación política, la denominada «paz social» tras el 'procés', que no abarca el terrorismo de ETA ni el yihadista y se circunscribe a un lugar y a un periodo: Cataluña, entre enero de 2012 y noviembre de 2023.
La opción de reforma del Código Penal, en cambio, sí podría acarrear un problema con otros condenados que pidieran la aplicación de una ley más beneficiosa en caso de que el resultado de la modificación de la norma diferenciara entre terrorismo grave y leve. Además, los abogados consultados recuerdan la Directiva 17 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre terrorismo, que todos los países de la UE deben respetar. «Lo relevante de la redacción del delito de terrorismo en el Código Penal no es sólo lo que se considera delito, sino más bien la finalidad de éste, que sería muy difícil que puedan modificar», afirma una de las fuentes consultadas.
El Código Penal establece como finalidad del terrorismo «subvertir el orden constitucional; suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo; alterar gravemente la paz pública; desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional o provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella». Conseguir que los hechos investigados en las causas de los CDR o Tsunami queden desvinculados de esas finalidades sería complicado para los negociadores de una eventual reforma penal.
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