Los trabajadores podrán rescatar los ahorros del fondo público de pensiones a los diez años
La activación definitiva, a la espera de designar a las entidades gestora y depositaria
Escrivá permitirá destinar los ahorros del fondo público de pensiones a inversiones de riesgo
El Banco de España recorta el potencial recaudatorio de la subida de cotizaciones fijada por el Gobierno para pagar las pensiones
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá
El fondo público de pensiones quedará embridado antes de la celebración de las elecciones del 23J. Tal y como avanzó ABC, el Ejecutivo puso pies en polvorosa, tras conocerse el adelanto electoral, para que el broche legislativo que faltaba para poder poner en ... marcha los vehículos de promoción estatal -que servirán para movilizar los ahorros de los trabajadores que se acojan a los nuevos planes de pensiones de empleo simplificados- puedan ver la luz tan pronto como se pueda asignar a las empresas privadas que se harán cargo de la gestión de los ahorros y del depósito de los mismos.
Ahora, con el decreto que aprobará el Gobierno en el último Consejo de Ministros de la legislatura, que tendrá lugar la próxima semana, se cierra definitivamente el reglamento que regulará el funcionamiento de los fondos y los planes de pensiones simplificados tras una primera redacción de hace ahora un año en el que se incluyó ya el aspecto fundamental: las comisiones de gestión estarán topadas al 0,3% y las de depósito en el 0,1%.
Esta segunda fase del reglamento incluye todos los aspectos técnicos regulatorios, entre los que destaca la posibilidad que se abre para que los trabajadores puedan retirar los ahorros depositados a partir de los diez años. «Los partícipes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado podrán disponer anticipadamente del importe, total o parcial, de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad», señalan las especificaciones reglamentarias incluidas en la memoria de análisis de impacto normativo del decreto por el que se modifica el reglamento de planes y fondos de pensiones a la cual ha tenido acceso este medio.
Alegaciones por parte del sector
De hecho, la inclusión de esta disposición es el elemento que ha suscitado más contestación por parte de organismos e instituciones que han valorado el texto durante el trámite de audiencia pública, al considerar que abrir la mano a la retirada de capital transcurridos diez años va contra el espíritu de la norma que busca incrementar la bolsa de ahorro privado de los trabajadores como complemento a la pensión pública de jubilación.
De hecho, el dictamen prioritario sobre la conveniencia del reglamento elaborado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía, y la Junta Consultiva expresa su discrepancia acerca de esta prerrogativa. «Con el propósito de evitar perjudicar el mermado patrimonio en fondos de pensiones y cumplir el objetivo de facilitar a la población el acceso a un complemento a su pensión pública tras la jubilación, manifestamos la conveniencia de eliminar o en su defecto limitar el supuesto de liquidez actualmente contemplado en la normativa», señalan en el examen realizado a la medida que concluye como «positivo».
Apunta igualmente la principal patronal de las entidades gestoras, Inverco, es necesario suprimir la liquidez a los diez años mediante la incorporación de esta medida en una norma con rango legal, «dado que constituye un elemento distorsionador del sistema y supone un riesgo, tanto de vaciamiento futuro del sistema, como de cuestionamiento del tratamiento fiscal de los planes de pensiones.
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Desde Unespa, la patronal de las aseguradoras, alegan que debería eliminarse la posibilidad de disponer sin ningún tipo de límite del ahorro acumulado en planes de pensiones cuando han transcurrido 10 años desde la aportación. Y recuerda que cuando se legisló esta posibilidad en 2014 se hizo con el objetivo de aumentar las suscripciones a planes de ahorro. «Dicho objetivo no se ha cumplido, dado que este supuesto de total liquidez a los diez años no sólo no ha supuesto un incremento de las aportaciones a estos sistemas, sino que además ha erosionado el carácter finalista que deben tener», advierten.