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La OCU avisa a los consumidores de la ampliación del plazo para reclamar los gastos hipotecarios

La suspensión de los plazos procesales durante el estado de alarma retrasa la fecha límite para presentar la solicitud. Estos son los consejos y fechas que destacan las asociaciones

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VALERIO MERINO
B. Martínez Mingo

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El periodo para reclamar los gastos hipotecarios se amplía y, ahora, debido a la suspensión de los plazos procesales durante el estado de alarma, los consumidores tendrán hasta el 14 de abril para presentar su solicitud -plazo que, en principio, expiraba el 24 de enero-. Así lo ha comunicado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que recuerda que «si tu banco te impuso la obligación de pagar todos los gastos asociados a la hipoteca, puedes pedir que te devuelvan lo que pagaste en concepto de registro, gestoría y tasación y la mitad de los gastos notariales».

La Asociación Española de Consumidores (Asescon), sin embargo, aconseja a los afectados que actúen «con prudencia» y presenten su reclamación antes del 23 de enero.

En concreto, según la sentencia del Tribunal Surpemo, las entidades bancarias tendrán que devolver los gastos de registro de la propiedad, la gestoría y la tasación, así como la mitad de los gastos notariales. A cargo del consumidor quedarían la otra mitad de los notariales y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Pero ¿a qué hipotecas afecta? «Todo este reparto aplica a las hipotecas firmadas antes de junio de 2019, ya que la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que entró en vigor el 16 de junio de 2019, establece quién debe asumir cada gasto de formalización de la hipoteca», explican desde la OCU.

Otras cláusulas abusivas

La organización de consumidores además recuerda que existen otras clausulas que también son susceptibles a reclamación como, en algunos casos, la comisión de apertura y como los seguros de prima única.

«Aunque el Tribunal Supremo en 2019 estableció que la comisión de apertura no era abusiva, ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la comisión de apertura debe ser transparente para ser válida lo que implica que los tribunales deben valorar si el consumidor ha podido evaluar las consecuencias económicas que supone pagar una comisión de apertura y entender que su objeto es compensar los gastos de estudio y de tramitación de una solicitud de préstamo», asegura la asociación.

Por otro lado, los seguros de prima única en los que se obligaba al usuario, no sólo a contratar un seguro de vida vinculado a la hipoteca, sino a pagar la totalidad en el momento de la firma y a incluir ese dinero dentro de la cantidad prestada. «Este pago, al estar incluido en el préstamo, aumenta a el coste del dinero al incrementar la cuota a pagar y los intereses devengados», resumen.

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