La Justicia europea insiste en que los interinos que acumulen años de contrato temporal deben pasar a fijos
Asegura que la Administración española no tiene «ninguna medida efectiva« para evitar y sancionar el abuso de relaciones laborales de duración determinada
El TJUE marca el camino para que los tribunales españoles, ahora con pronunciamientos dispares, puedan interpretar la legislación conforme al derecho de la UE
El Supremo cierra la puerta a que los interinos puedan convertirse en empleados fijos por sentencia judicial
![Trabajadores de la administración pública](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2024/06/13/1472259632-RTE41tZrQvtA6DmIg0HhjyO-1200x840@diario_abc.jpg)
Nuevo golpe de la justicia europea a encadenamiento de contratos temporales en la Administración. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que los interinos a los que se les prorroga de forma sistemática los contratos temporales tienen derecho a preservar su trabajo o pasar a ser indefinidos. La corte de Luxemburgo ha llegado a este pronunciamiento tras evaluar dos litigios de tres trabajadoras que, después de años de interinas en la administración pública catalana, pedían pasar de tener contratos interinos a indefinidos. El tribunal europeo ratifica con esta sentencia su decisión del pasado mes de febrero, en la que ya señaló que se debía convertir en fijos a los interinos, y con su pronunciamiento indica el camino para que los tribunales españoles, ahora con pronunciamientos dispares, puedan interpretar la legislación conforme al derecho de la UE.
El tribunal de máxima instancia de la Unión Europea asegura que el ordenamiento jurídico español no contiene ninguna medida efectiva para evitar ni sancionar la utilización de los sucesivos contratos temporales, una práctica que califica de «abusiva». Por eso, en la línea de lo que solicitaban las tres trabajadoras catalanas denunciantes, asegura que una forma de compensar a las afectadas es convertir los contratos temporales a indefinidos. "Ni la convocatoria de procesos selectivos ni la compensación resultan adecuadas para prevenir o sancionar los abusos, pues son independientes de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de contratos o relaciones laborales de duración determinada", dice el Tribunal. Añade que "a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos, la conversión de los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido puede constituir una de esas medidas".
Es más, el fallo del TJUE señala que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que rechaza la conversión en fijos de estos trabajadores, sería contraria al Acuerdo Marco y la Directiva europeos e insta a los juzgados a inaplicar la jurisprudencia del Alto Tribunal «si esta se basa en una interpretación de las disposiciones de la Constitución incompatible con los objetivos del Acuerdo Marco y de la Directiva europea».
El Supremo discrepa
Como informó este diario, el Supremo ha interpretado que de los distintos pronunciamientos del TJUE no se ha desprendido que hubiera que hacer fijos de forma automática a los trabajadores temporales que trabajan para la Administración. De hecho, el Alto Tribunal español defiende que hacer fijos a los interinos o a los indefinidos no fijos es incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública que se basa en pasar unas oposiciones para conseguir plaza, garantizando así los principios de igualdad, capacidad y mérito. En este sentido, el Supremo remitió una cuestión al TJUE para que aclarara si es obligatorio o no hacer fijos a los interinos o a los indefinidos no fijos.
Un millón de trabajadores en España en todas las administraciones y en todas las regiones trabajan de forma temporal. Algunos pueden ocupar vacantes por meses, por años y otros se jubilarán incluso habiendo encadenado contratos durante toda su vida. Como ya informó ABC, en la cuenta atrás para que el Gobierno tenga que rendir cuentas a Bruselas y hacer de la temporalidad en el sector público una excepción, los datos no acompañan. Esos miles de empleados públicos que trabajan para la Administración con un contrato de duración determinada deberán hacerlo de forma indefinida, o dejar de prestar sus servicios en el Estado a final de año. Así se recoge en la Ley de Estabilización comprometida con Bruselas en el Plan de Recuperación enviado a la Comisión Europea, en la que se fija en el 8% la tasa de temporalidad en las distintas administraciones españolas. Hoy esta tasa apenas cede, sigue estancada en el entorno del 30%, lo que se traduce en que la plantilla eventual deberá mermar a final de ejercicio en más de 20 puntos, en 800.000 trabajadores.
CSIF denunciará a los incumplidores
CSIF, el sindicato mayoritario en la Administración ha asegurado que la sentencia de la Justicia europea "pone una vez más en evidencia el abuso de la temporalidad que han realizado las administraciones públicas españolas a lo largo de la última década". Como ya informó este diario, el sindicato que dirige Miguel Borra, va a reclamar que las administraciones rindan cuentas y la interinidad, tal y como marca la ley, no supere el 8% a partir del 31 de diciembre de 2024. Es también intención del sindicato mayoritario en la Administración reclamar «que se endurezcan las medidas contra las administraciones que no cumplan y denunciar a aquellas que abusen de la precariedad en el empleo.
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