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Guía para comprar una casa con avales ICO este verano: documentación necesaria, bancos adheridos, requisitos y trámites

Conoce todo lo necesario para poder acceder a este programa de compra de una primera vivienda

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Ocho bancos ya ofrecen los avales ICO para hipotecas: estas son las condiciones

Guía para comprar una casa con avales ICO este verano abc
Virginia López Esplá

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Una de las medidas que el Gobierno ha puesto en marcha este año para promover el acceso a la vivienda es la concesión de avales ICO a determinados colectivos para facilitarles la compra de su primera casa.

Es un programa que está dotado con 2.500 millones de euros y está destinado a jóvenes de hasta 35 años y a familias con menores a cargo. Este aval puede cubrir hasta un 20% del préstamo o el 25% en el caso de que la vivienda disponga de una certificación energética D, lo que abre la puerta a obtener una hipoteca por el 100% del valor del inmueble.

Requisitos para solicitar un aval ICO

No obstante, para poder acceder a este aval, además de la edad o ser una familia con menores a cargo, también hay que cumplir una serie de requisitos relacionados con la renta. Está dirigida a personas cuyos ingresos no superen los 37.800 euros brutos al año. Si se adquiere por dos personas, en conjunto, no podrán superar el límite establecido para cada uno. También se incluyen mejoras por cada menor a cargo o en los casos de familias monoparentales. Asimismo, el patrimonio máximo previo no puede superar los 100.000 euros.

Requisitos para solicitar el aval ICO

  • Personas físicas, mayores de edad y con residencia legal en España de manera continuada al menos los dos años anteriores a la solicitud del préstamo

  • Los ingresos individuales no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble

  • El límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.

  • El límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros

  • No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, con algunas excepciones

  • El aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario

Bancos adheridos

En el mes de abril, Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa formalizaron el convenio que habilita al ICO a suscribir contratos con las entidades financieras que deseen participar con este programa de avales.

Ya hay ocho entidades adheridas, pero, como publicó este periódico, otras se encuentran estudiando su viabilidad y podrían sumarse próximamente.

Bancos adheridos a la línea de avales ICO

  • Santander

  • Ibercaja

  • Evo Banco

  • Caja de Ahorros de Ontinyent

  • Arquia Bank S.A

  • UCI, Unión de Créditos Inmobiliarios

  • Abanca

  • Caja Rural de Almendralejo

Documentación necesaria y trámites

Como se ha especificado, para obtener este aval del ICO es necesario cumplir una serie de requisitos que, cuando se vaya a obtener la hipoteca, se deben demostrar.

Para saber si se puede ser beneficiario de esta medida hay que tener en cuenta factores como ahorros, salario o comunidad autónoma en la que se va a adquirir la vivienda, ya que en función de esta hay unos límites máximos. El BOE del 5 de mayo de 2024 especifica la documentación acreditativa de las condiciones de elegibilidad.

Documentos necesarios para pedir los avales ICO

  • DNI, NIE o pasaporte de todos los adquirentes de la vivienda

  • DNI, NIE o pasaporte de los menores a cargo, libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho si procede

  • Padrón municipal de convivencia para acreditar la residencia en España

  • Declaración responsable del Cliente que acredite que la vivienda financiada se destina a vivienda habitual y permanente

  • Declaración responsable del Cliente que acredite que no se hace uso de la vivienda para el ejercicio de una actividad económica

  • Certificado negativo catastral que acredite que ninguno de los adquirientes sea ya propietario

  • Contrato de compraventa de la vivienda

  • Certificado energético emitido en fecha anterior o igual a la fecha de adquisición de la vivienda

  • Informe de tasación de la vivienda financiada realizada a efectos de contratación del préstamo hipotecario

  • Autorización al ICO firmada por los Clientes para consultar los datos de CIRBE de los mismos durante toda la vida del préstamo avalado

  • Ultima declaración de IRPF o, en caso de que no se tenga obligación de presentarla, certificado negativo de la AEAT. Autorización al MIVAU firmada por los Clientes para consultar los datos de la Agencia Tributaria de los mismos durante toda la vida del préstamo avalado

  • Declaración responsable del Cliente del cumplimiento de los supuestos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones

Como explica el portal especializado Fotocasa, esta documentación se debe presentar junto con la habitual a la hora de acceder a una hipoteca. El trámite se inicia desde la entidad bancaria adscrita al programa de avales y a la que se pide la financiación.

Para solicitarlos, estarán vigentes durante los primeros 10 años del préstamo, con independencia del plazo de vencimiento. El plazo de vencimiento inicial deberá ser de al menos cinco años. El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025.

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