El funcionario perderá su puesto si no supera las pruebas de desempeño
El sueldo y los ascensos dependerán de evaluaciones anuales obligatorias, cuyos criterios se negociarán entre la Administración y los sindicatos
Un plan plurianual de recursos humanos hará frente a las jubilaciones masivas y a situaciones críticas en órganos como Seguridad Social y SEPE
Administraciones atenazadas por problemas de gestión: de las colas en la Seguridad Social a las nulas salidas del SEPE

El Gobierno mete el acelerador reformista para no perder fondos europeos, e impulsa la reforma de la Administración comprometida con Bruselas con un decreto de medidas urgentes, en el que un apartado destacado es para la Ley de Función Pública. La norma aborda ... asuntos espinosos como la valoración del desempeño del empleado público, una evaluación que fue motivo de enfrentamiento con los sindicatos cuando hace un año fue aprobada por el Gobierno.
Ahora el Ejecutivo suaviza el texto legal y deja en manos de la negociación colectiva los criterios de esa evaluación, un procedimiento que será anual y por el que «se valora la conducta profesional y se mide el rendimiento o logro de resultados de las empleadas y empleados públicos, con la finalidad mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos». Así se refleja en el «Real Decreto-ley por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo», al que ha tenido acceso ABC y que está pendiente de aprobación en el Consejo de Ministros.
La evaluación del desempeño no será un aspecto menor para los más de tres millones de empleados públicos, teniendo en cuenta que de este procedimiento dependerán factores como el sueldo o los ascensos del trabajador. Se trata de un control que ya estaba recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público de manera genérica. No obstante, el real decreto introduce un cambio que convertirá esta evaluación en un proceso individualizado, en consonancia con su plan estratégico por objetivos. De esta prueba dependerán los ascensos, traslados e incentivos salariales. La norma no concreta cómo será este examen, pero recalca que será obligatorio.
El decreto relata que los resultados de este 'examen' a la plantilla tendrá efectos en varias materias. Entre ellas cita la percepción de retribuciones complementarias variables, la progresión en la carrera profesional y afectará a los criterios para la provisión de puestos de trabajo. Y como apartado más delicado añade que determinará la «continuidad en el puesto de trabajo». Una medida que hasta ahora no había sido explorada en la Administración y que a partir de la aprobación del decreto se convertirá en causa.
Casos graves y muy graves
En estos momentos, un funcionario puede ser apartado de su condición de empleado público por seis motivos. «La renuncia voluntaria a la condición de funcionario, la pérdida de nacionalidad, la jubilación total del funcionario, la sanción disciplinaria, la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme», tal y como especifican los artículos 64, 65, 66 y 67 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Las faltas cometidas por los funcionarios en el ejercicio de sus cargos serán clasificadas como muy graves, graves y leves, implicando una penalización que podría determinar la suspensión del servicio de un funcionario de carrera.
Reforma comprometida
La reforma de la Administración fue comprometida por el Gobierno en el Plan de Recuperación para recibir los millonarios fondos europeos
Las jubilaciones masivas que tendrá que afrontar en poco tiempo la Administración no escapan a ojos del legislador, que dentro de la reforma de la Función Pública dedica a la planificación estratégica de los recursos humanos un apartado. Así, como novedad se explica que se diseñará un escenario plurianual de empleo público, «que proporcionará conocimiento sobre los recursos humanos necesarios dentro del marco de las previsiones presupuestarias» y que «dicha planificación será periódicamente revisable».
Es la primera vez que la Administración plantea un escenario de esta naturaleza, «que contendrá, al menos, los criterios y las medidas necesarias para articular la oferta de empleo público, para orientar los mecanismos de movilidad, las convocatorias de provisión de puestos de trabajo, los procesos de promoción interna, para proponer los itinerarios formativos requeridos y para establecer criterios de desempeño y así fomentar, en todo momento, el talento interno».
Plantilla envejecida
La planificación que plasma en la norma el Ejecutivo se hace necesaria en un momento en el que muchos funcionarios están a las puertas de la jubilación. Más de la mitad de la plantilla en la Administración General del Estado tiene más de 50 años, por lo que en cinco o diez años (los empleados públicos se pueden jubilar a los 60 años) habrá retiros masivos, como ocurrirá en el SEPE o en la Seguridad Social, organismos que gestionan prestaciones clave para el ciudadano, que están con el personal muy mermado y muy tensionado por la carga de trabajo. Circunstancias que han terminado castigando al ciudadano con colas interminables en las oficinas y demoras en las citas.
tiene más de la mitad de la plantilla en la Administración General del Estado, por lo que en cinco o diez años (los funcionarios se pueden jubilar a los 60 años) habrá retiros masivos
La Administración ha perdido 64.400 trabajadores en los diez últimos años, a lo que se suma una tasa de temporalidad insoportable, superior al 30%, el doble que el sector privado. De los 3,5 millones de empleados públicos, 1,1 millones son temporales, según confirman datos de la EPA. Con esta escalada de temporalidad, la Administración desoye a Europa y a la reforma laboral que se exige al sector privado y que castigó el trabajo eventual.
Y en el caso de Europa, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo ya instó a España a acabar con el abuso de las interinidades y conminó al Gobierno a adoptar una solución. «La condición de interino es excepcional, se debe acabar cuanto antes con la temporalidad». A la vista de los resultados el incumplimiento es claro.
Personal directivo
El decreto que espera la aprobación del Gobierno también dedica uno de sus apartados al 'personal directivo público profesional' y por primera vez se establece el concepto, el diseño de las funciones directivas y los principios de actuación, además de los nombramientos y la duración del mismo. «Se creará un directorio de personal directivo público profesional, dependiente del departamento ministerial con competencias en materia de función pública, como herramienta de gestión que permita identificar las necesidades de formación y contribuya a la generación de información estadística para la gestión del talento», dice el decreto, en el que se especifica que la duración en el cargo en este caso será máxima de cinco años».
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