Gastos deducibles en la Comunidad de Madrid de hasta casi 10.000 euros que no conocías
Si resides en la comunidad madrileña puede que tengas la posibilidad de descontarte porcentajes importantes en tu declaración de la Renta
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Gastos deducibles en la Comunidad de Madrid de hasta casi 10.000 euros que no conocías
Desde este 3 de abril del 2024, los más de 20 millones de contribuyentes llamados a realizar su declaración de la renta pueden presentarla a la Hacienda española. Aún queda tiempo para hacerlo, pues la campaña se cierra el 1 de julio, pero, si quieres resolver este proceso lo antes posible, es recomendable que antes te asegures bien de todo lo que te puedes deducir.
Nos referimos a que, además de las deducciones estatales, también existen las deducciones autonómicas, que son aquellas que varían en función de la comunidad en la que tengas tu residencia y gracias a las cuales puedes llegar a restar una buena cantidad de dinero de la declaración de los contirbuyentes españoles.
Como has podido leer en el título de este artículo, en esta ocasión nos referimos a las deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid, según las cuáles podrías llegar a reducirte unos 10.000 euros en tu IRPF. Estas están relacionadas con inversiones en nuevas entidades, creación de empleo joven, por pagos en la vivienda, ampliación de la familia o por recursos económicos reducidos. A continuación te contamos las principales deducciones que pueden aplicar los madrileños en su declaración de la Renta, tal como se indica en la página de la Comunidad de Madrid.
Deducción por inversión en entidades de nueva o reciente creación
Si vives en la Comunidad de Madrid puedes aplicarte una deducción en el IRPF por las cantidades invertidas en acciones o participaciones de empresas de nueva o de reciente creación. El porcentaje de deducción de la inversión es el 40% y el límite de 9.279 euros anuales. La deducción será del 50% de las cantidades invertidas, con un límite de 12.372,00 euros, en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
Deducción por inversión en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil
Incompatible con la deducción por inversión en entidades de nueva o reciente creación existe esta otra deducción en el IRPF para aquellos que adquieran participaciones de entidades que coticen en el Mercado Alternativo Bursátil. La deducción es del 20% de las cantidades invertidas con un máximo de 10.310 euros de deducción. No puedes poseer más del 10% del capital de la entidad y has de mantener tu participación, al menos durante dos años. La entidad ha de tener su domicilio en la Comunidad de Madrid.
Deducción para el fomento del autoempleo en menores de 35 años
Si tienes menos de 35 años y comienzas el ejercicio de su actividad empresarial o profesional podrás aplicar una deducción de 1.031 euros en el IRPF en ese año. Para ello se requiere que se continúe, al menos durante un año, el ejercicio de la actividad económica.
Deducción por nacimiento o adopción de hijos
Puedes deducir 721,70 euros por cada hijo nacido o adoptado tanto en el período impositivo en el que se produzca el nacimiento o la adopción como en cada uno de los dos períodos impositivos siguientes. En el caso de partos o adopciones múltiples esta cuantía se incrementará en 721,70 euros por cada hijo en el primer ejercicio en que te apliques la deducción.
Pero existen unos límites de renta: Sólo podrás aplicarte la deducción si tu renta no supera los 30.930 euros en tributación individual o 37.322,20 euros en tributación conjunta, ni la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la formes parte sea supere los 61.860 euros.
Deducción para familias con recursos económicos reducidos
La familia madrileña que tenga dos o más descendientes y rentas inferiores a 24.744 euros anuales podrá deducir el 10% de la cuota íntegra autonómica.
Deducción por el alquiler de vivienda habitual
Si tienes menos de 35 años puedes aplicarte en el Impuesto sobre la Renta una deducción del 30% de las cantidades destinadas al alquiler, hasta un máximo de 1.237,20 euros al año. Desde 2018, si tuvieras más de 35 años, pero menos de 40, y has estado en situación de desempleo y con al menos dos familiares a cargo, también puedes aplicarte esta deducción.
Otras deducciones
Además de las expuestas anteriormente, puedes consultar varios tipos más de deducciones pinchando en este enlace. Entre algunas de ellas se encuentran deducciones por gastos educativos, por cuidado de hijos menores de tres años, mayores dependientes y personas con discapacidad o deducciones por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
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