Calviño maniobra para reforzar el control del Gobierno sobre las inversiones en empresas estratégicas antes del 23J
Ultima un real decreto para llevar al próximo Consejo de Ministros que refuerza la base jurídica para fiscalizar las operaciones de grandes fondos de inversión sobre firmas españolas
Prevé levantar la autorización previa sobre las inversiones en empresas que facturen menos de cinco millones de euros, salvo que que estén en el sector energético o provean materias primas
Las empresas temen que el escudo 'antiopas' aliente injerencias del Gobierno en sectores estratégicos
![El presidente de EE.UU., Joe Biden, y el presidente Sánchez, en el Palacio de La Moncloa](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2023/06/29/sanchezbiden-RCzFqGDm5IOIcTzWSzzutPN-1200x840@abc.jpg)
El Gobierno pretende aprovechar el último Consejo de Ministros antes del inicio de la campaña electoral para dar otra vuelta de tuerca al llamado escudo 'antiopas' que, desde el inicio de la pandemia, ha otorgado a La Moncloa la última palabra sobre la práctica ... totalidad de operaciones de inversión extranjera en empresas españolas consideradas estratégicas.
Los ministerios de Economía e Industria están dando los últimos retoques a un proyecto de real decreto que modifica la ley de protección de infraestructuras críticas con la voluntad de que se apruebe el martes para su entrada en vigor justo después del parón estival, el 1 de septiembre.
El borrador del texto, al que ha tenido acceso ABC, precisa el perímetro de actuación del escudo antiopas y, por ejemplo, refuerza la base jurídica que permite su activación ante posibles maniobras de los grandes fondos de inversión internacionales sobre empresas españolas.
En concreto, el texto que podría llevarse al Consejo de Ministros el próximo martes precisa que a efectos de esta norma las instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones de empleo u otras entidades de inversión colectiva que sean residentes en la Unión Europea y que pretendan tomar una participación significativa en una empresa estratégica serán consideradas como extranjeras y necesitarán de la preceptiva autorización gubernamental si su sociedad gestora tiene su sede social en un país no UE.
La disposición, que según fuentes jurídicas vendría a volcar en la norma el criterio que venía aplicando el Ministerio de Industria, intensifica el control gubernamental sobre las potenciales maniobras de tomas de participación en empresas españolas estratégicas por parte de los grandes inversores internacionales.
Operaciones exentas del control del Gobierno
La regulación a golpe de real decreto de urgencia del régimen de suspensión de la liberalización de las inversiones extranjeras, que rescató en principio de manera transitoria y con la excusa de la pandemia la 'acción de oro' que permitió a los sucesivos gobiernos controlar las entradas en el accionariado de las grandes empresas españolas hasta que Bruselas la tumbó en 2006, había configurado un marco muy general, que según diferentes fuentes jurídicas habilitaba al Gobierno para intervenir si así lo deseaba en prácticamente cualquier operación de inversión extranjera en empresas españolas, «como así ha sucedido», apuntan desde un gran despacho.
El borrador que se ultima estos días en los despachos de los ministerios de Asuntos Económicos e Industria, pero en el que han trabajado también los departamentos de Exteriores, Defensa e Interior, trata de clarificar tanto los actores como las operaciones a las que le es de aplicación el dispositivo y amplía también el tipo de operaciones exentas de esta autorización previa de manera expresa.
Si hasta ahora solo quedaban exentas las operaciones que implicaran una inversión inferior a un millón de euros, el texto al que ha tenido acceso ABC deja exentas con carácter general las inversiones extranjeras en empresas que hayan facturado menos de cinco millones de euros en el último ejercicio contable, las inversiones transitorias en compañías, las inversiones en inmuebles no vinculados a infraestructuras estratégicas y en el sector energético las que no impliquen la acumulación de una cuota de mercado superior al 5% en una tecnología determinada: fotovoltaica, termosolar, eólica, hidrógeno...
Control especial sobre las materias primas esenciales
El borrador del real decreto excluye de la aplicación de esta exención a las operaciones sobre empresas con menos de cinco millones de euros de facturación a las empresas relacionadas con la extracción o suministro de materias primas fundamentales, en el sentido en que las define la Comisión Europea que está ultimando una directiva sobre el particular, para reforzar el principio de autonomía estratégica de Europa en cuanto a la provisión de tierras raras y otras materias primas esenciales para la seguridad, el bienestar social o el interés general.
El Gobierno también pretende avanzar en la agilidad a la hora de activar el mecanismo, uno de los problemas que se puso de manifiesto en la operación del fondo australiano IFM sobre Naturgy. En este sentido, reduce de seis a tres meses el plazo para resolver las solicitudes presentadas ante la Dirección General de Comercio Internacional e incluye la posibilidad de formular una consulta previa vinculante sobre la necesidad o no de solicitar autorización previa.
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