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Delitos que salen gratis

El independentismo catalán está de enhorabuena. El jueves, con motivo de la celebración de la Diada, los radicales pudieron comprobar -si es que aún albergaban alguna duda- que saltarse la ley a veces sale gratis. Con la clase política mirando hacia otro lado y los Mossos haciendo guardia en el lugar equivocado, la Diada se saldó con un completo catálogo de ilegalidades y de actuaciones tipificadas como delictivas. Sin embargo, sólo se produjo una detención: la de un joven independentista de Lérida que intentó boicotear un acto institucional.

La «estelada», enseña ilegal y símbolo del independentismo radical, sustituyó a la bandera española en más de cien ayuntamientos catalanes sin que nadie hiciera nada por evitarlo. Sólo un juez de Gerona obligó a los consistorios de Figueras y Llançà a mantener izada la bandera española.

La iniciativa de este centenar de municipios -en algunos casos con el apoyo socialista- vulnera la Ley 39/1981 por la que se regula el uso de la bandera española. Según la ley, «la bandera de España debe ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración». Las leyes también dejan claro que «cuando los ayuntamientos y diputaciones o cualesquiera otras corporaciones públicas utilicen sus propias banderas, lo harán junto a la bandera de España».

Pese a que la campaña para izar la «estelada» en los municipios catalanes se puso en marcha hace semanas, nadie tomó

cartas en el asunto. Y eso que, en virtud de la Ley 7/1985 reguladora de las bases del régimen local, el Estado puede impugnar los acuerdos de las entidades locales si infringen el ordenamiento jurídico.

El viernes 5, en una tibia instrucción, el secretario general adjunto de Presidencia de la Generalitat, Jordi Menéndez, recordaba a los ayuntamientos que la bandera que representa a Cataluña, según el Estatuto, no es la «estelada», sino la «senyera». Poco más. Sólo PP y Ciutadans se desgañitaron, sin éxito, en el intento de obligar a la Administración a hacer cumplir la ley.

La quema de una foto de los Reyes y de banderas españolas por parte de unos encapuchados -que ponían así el broche de oro a la manifestación independentista convocada por la Diada-, es también una conducta constitutiva de delito. El Código Penal tipifica como delito la quema de banderas, ya que el artículo 543 condena las ofensas o ultrajes a España y a sus símbolos. Los artículos 490.3 y 491 del Código Penal hacen referencia a los delitos contra la Corona: «El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a 12 meses si no lo son». Dos jóvenes independentistas han sido condenados por la Audiencia Nacional a pagar una multa de 2.700 euros por quemar fotografías del Rey en Gerona.

Insultos y amenazas

Año tras año, en la tradicional ofrenda floral al monumento a Rafael Casanova, grupos radicales insultan y amenazan -incluso de muerte- a los dirigentes políticos ante la indiferencia de los Mossos, que se limitan a establecer un cordón policial en la zona. En el capítulo de los insultos, el coordinador del Área de Historia y Pensamiento Contemporáneo de la Generalitat, Alfred Bosch, calentó la Diada con una injuriosa comparación: la presencia del PP en la Diada es como «si Bin Laden desfilara el 4 de julio en Estados Unidos».

La vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, condenó de manera «rotunda y sin paliativos» la quema de la foto de los Reyes y las banderas de España y Francia. El Ejecutivo «rechaza cualquier forma de expresión o comportamiento que se aleje del respeto personal e institucional que todos merecemos».

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