La juez declara a Caja Madrid Bolsa responsable civil en el «caso Gescartera»
Si los responsables de Gescartera resultaran condenados y se declararan insolventes, la entidad de ahorro tendría que pagar a los perjudicados cerca de 14 millones
MADRID. La juez de la Audiencia Nacional Teresa Palacios ha declarado a Caja Madrid Bolsa SVB, S.A. responsable civil subsidiaria en el «caso Gescartera», lo que significa que -de dictarse en su día una sentencia condenatoria para Antonio Camacho y otros responsables de la sociedad de valores y declararse éstos insolventes- la entidad bancaria debería hacer frente al pago de las indemnizaciones que se fijen para los clientes (perjudicados) de Gescartera. La cantidad que, sin perjuicio de ulteriores valoraciones, podría tener que abonar el banco -tal y como aparece en la parte dispositiva de la resolución- ascendería a 2.321 millones de pesetas, cerca de 14 millones de euros (13.944.000¤).
La decisión de la juez se produce a petición del fiscal Anticorrupción que, en un durísimo informe elevado al Juzgado en mayo, asegura que «la distracción de los fondos y carteras de valores de los clientes de Gescartera por parte de ésta no se hubiera podido efectuar si se hubiera cumplido lo preceptuado en la norma». El fiscal habla del «grave» incumplimiento por parte del banco de una orden ministerial de octubre de 1999 así como de la «incompatibilidad» entre «la ejecución» del contrato firmado por Caja Madrid Bolsa y Gescartera y la regulación establecida en la circular 1/1998 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Tras relatar que Gescartera acudió a Caja Madrid Bolsa para operar con los fondos porque, a diferencia de Deutsche Bank, no le exigía «poderes específicos» de sus clientes, el fiscal señala que los responsables del banco firmaron con el imputado Javier Sierra de la Flor (apoderado de Gescartera) un contrato de subcustodia una de cuyas cláusulas disponía expresamente que dicho contrato «se ejecutaba de forma totalmente ajena a las relaciones entre Gescartera y sus clientes».
El fiscal, que no ve «intencionalidad» en la actuación del banco, asegura que una de las conductas más graves consistió en la realización de las operaciones «en función de la disponibilidad de los saldos en la cuenta transitoria o global de Gescartera Dinero y no operándose , tal y como prevé la Circular, en cuentas individualizadas de los clientes». Las cuentas individuales existían pero, dice el fiscal, «finalmente se asignaban los saldos que a Gescartera convenía para poder engañar a su clientela y apropiarse de los fondos».
El fiscal asegura que la apropiación de fondos de los clientes de Gescartera «se efectuó, en parte, a través de las cuentas abiertas en Caja Madrid Bolsa» y añade que podría haberse evitado «si Caja Madrid hubiera exigido a Gescartera y ejecutado el contrato de subcustodia en la forma legalmente prevista». «Los responsables de esta entidad -concluye-sabían que estaban operando con fondos de clientes y no de Gescartera, pese a lo cual seguían las instrucciones de Gescartera, que no contaba con poderes suficientes de sus clientes».
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