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Pedraz consiente la infamia de los presos etarras de acuerdo con el fiscal

La libertad de expresión y reunión, que el acto sea en un lugar cerrado y la imposibilidad de actuar de forma preventiva, claves de su decisión

Pedraz consiente la infamia de los presos etarras de acuerdo con el fiscal efe

nati villanueva

Apenas media hora antes del comienzo del acto etarra previsto para las doce y media de la mañana de hoy en Durango (Vizcaya), el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dictado un auto (PDF) en el que permite que, entre otros, 63 etarras excarcelados tras el fin de la doctrina Parot valoren el último comunicado del colectivo de presos de ETA.

El auto señala que, en función de los informes policiales, «no se deduce la comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo, tal como indican los denunciantes». Pedraz entiende que lo tipificado en el Código penal es «el discurso del odio» , y en este caso, explica que «no podemos considerar que el acto convocado en sí mismo tenga entidad penal reprochable». Si bien advierte que si se produjeran «manifestaciones» que rebasaran la línea de lo «objetable penalmente», se adoptarán «las medidas pertinentes» .

Fuentes jurídicas ya señalaron ayer que el magistrado tenía previsto tomar esta decisión tras conocer el informe de la Fiscalía favorable a la celebración de este acto , si bien con una orden clara a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: que estén atentas a las consecuencias que pudieran derivarse de esta reunión por si fueran constitutivas de un delito de enaltecimiento del terrorismo o de humillación a las víctimas.

Tanto para el magistrado como para el Ministerio Público han resultado determinantes los informes policiales de Ertzaintza, Guardia Civil y Policía (los dos últimos, solicitados ayer mismo por el juez), que coinciden en dos puntos básicos para quienes tienen en su mano la posibilidad de impedir esta reunión: primero, que será a puerta cerrada (aunque se ha convocado a medios de comunicación para dar la mayor difusión posible a lo que allí se hable), y segundo, que ha sido un particular sin aparente vinculación con ETA el que se ha encargado del alquiler del local.

Al margen de aclarar los extremos que solicitaba el magistrado en su providencia del pasado jueves, la Policía da en su informe un paso más que los de los otros dos Cuerpos, y en su escrito alude al «frente de makos» y a los vínculos entre el colectivo de presos etarras (EPPK), que fue el encargado de informar en qué consiste este acto, y la banda terrorista ETA.

Dignidad y Justicia y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) habían pedido en la Audiencia Nacional la prohibición de esta cita por considerar que su finalidad es apoyar al resto de los miembros de ETA que se encuentran encarcelados.

El hecho de que el juez Pedraz dejara para hoy mismo su decisión acerca de la prohibición del acto solicitada por las asociaciones de víctimas, ya aventuraba cuál iba a ser el sentido de su resolución . La Fiscalía había concluido su informe a media tarde, y el magistrado, de guardia esta semana, habría tenido tiempo de sobra para dictar su auto. Sin embargo, distintas fuentes jurídicas coinciden en asegurar que incluso antes de que llegaran al juzgado los informes policiales, el instructor tenía claro, como otros de sus compañeros de la Audiencia, que desde el punto de vista legal había poco que hacer para detener la convocatoria.

Y ello, por varios motivos que desgrana Pedraz en su resolución: primero, porque el llamado «grupo de intermediación entre el EPPK y los partidos políticos», el que ha promovido esta convocatoria, no tiene relación con ETA , según han puesto de manifiesto las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; segundo, porque lo que se va a valorar es un comunicado (el del colectivo de presos etarras) que «no tiene contenido delictivo». Si fuera así, la Fiscalía ya habría intervenido, añaden las fuentes antes citadas. En ese comunicado los presos aceptaban el «sufrimiento y daño multilateral» causado y accedían a someterse a los cauces legales para conseguir excarcelaciones de forma «escalonada» e «individual».

Sin derechos restringidos

Otro punto importante es que la reunión se va a celebrar en un lugar cerrado: el Café-Teatro Antzokia , lo que supone «un encuentro entre particulares que además —recuerdan las fuentes— no tienen restringida ni su libertad de movimientos ni vetado su derecho de reunión».

Cuestión distinta es que de esta cita pudiera derivarse algún ilícito penal (ya sea enaltecimiento del terrorismo o humillación a las víctimas), en cuyo caso las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tendrán que estar pendientes de que nada de esto ocurra.

En principio los agentes tendrán que situarse fuera del local porque al tratarse de un sitio cerrado no pueden entrar , salvo mandato expreso ante la sospecha de que en su interior se esté cometiendo algún delito, algo que de momento no ha sucedido. No obstante, las Fuerzas de Seguridad tendrán información puntual de lo que allí sucede.

Antecedentes

No es la primera vez que Pedraz alude a la imposibilidad de aplicar el derecho con carácter preventivo. Es significativo un auto que dictó en enero de 2011 ante la convocatoria de una manifestación a favor de los presos de ETA en Bilbao, en esa ocasión, con el agravante de que la supuesta exaltación de la banda que denunciaban las víctimas era en la calle.

El instructor ya dijo entonces que perseguir una «modificación de la política penitenciaria» no es «ilegítimo» , ya que no se puede prohibir el «elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional». Lo contrario atentaría, dijo entonces, contra la libertad de expresión.

En la denuncia que dio lugar a la apertura de estas diligencias, Dignidad y Justicia sostenía que la comparecencia pública y posterior comida de los excarcelados organizada en el Café Teatro Antzokia tiene como objetivo «mostrar su apoyo y solidaridad, con el consiguiente homenaje, al resto de miembros de la organización terrorista ETA que aún se encuentran encarcelados».

«Triunfo de una estrategia»

Aseguraba que la convocante del acto es una «subestructura del EPPK» dirigida por Arantza Zulueta , abogada imputada en una causa que investiga a varias personas que supuestamente servían de enlace entre ETA y sus presos. Recordaba también esta asociación de víctimas que el EPPK forma parte del entramado de la banda terrorista y se encarga de «procurar la cohesión y la adherencia de los presos que cumplen condena por actos terroristas siguiendo los postulados de ETA (a los que llama presos políticos vascos), para evitar individualismos y acciones personales al margen de la banda terrorista».

En la misma línea, en su denuncia posterior la AVT pidió la prohibición del acto porque su finalidad es apoyar a etarras presos y «escenificar el triunfo de la estrategia de la organización terrorista ETA sobre las víctimas del terrorismo». «Dicho acto se hace con toda la intencionalidad y a sabiendas del dolor que para las víctimas del terrorismo ha supuesto la derogación de la doctrina Parot y la excarcelación de los 63 terroristas» que participarán en la convocatoria, añade.

La AVT solicitaba que si finalmente se permitía la celebración del acto, se hiciera un especial seguimiento y se disolviera «en el caso de que se verifique cualquier alusión como la de presos políticos, tergiversación del lenguaje, proclamas a favor de miembros de la organización terrorista, o exhibición de fotografías de presos por actividades de la organización terrorista ETA».

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