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Aizoon no cometió delito fiscal según la Agencia Tributaria

El fisco considera que Urdangarín se ocupaba en solitario de la gestión de la sociedad cuya titularidad compartía con la Infanta

Aizoon no cometió delito fiscal según la Agencia Tributaria efe

PABLO MUÑOZ / JOSEP MARIA AGUILÓ

El instructor del «caso Nóos», José Castro , ha dado este martes traslado a las partes personadas en esta causa judicial de uno de los informes que había solicitado a la Agencia Tributaria, en el que pedía «el cálculo de las cuotas dejadas de ingresar en Aizoon» , sociedad de la que eran titulares al 50 por cien Iñaki Urdangarín y la Infanta.

Más en concreto, el juez había solicitado la determinación de la cuota «resultante y defraudada» del Impuesto sobre Sociedades en los ejercicios de 2007 a 2010. «A la vista de lo actuado, no se han detectado ingresos sustraídos del deber de declaración», señala el documento de la Agencia Tributaria.

Pese a ello, el informe también indica que en las declaraciones de los cuatro años citados se aplicó por parte de Aizoon una desgravación de forma incorrecta . La mercantil consideraba que era acreedora de uno de los beneficios fiscales que fija la ley para «las empresas de reducida dimensión». La citada sociedad había adquirido cinco viviendas, tres de ellas —dos en Palma y una en Terrassa— arrendadas a particulares, y dos más —ambas en Palma— subarrendadas a Nóos Consultoría.

Sin embargo, para la Agencia Tributaria no era «procedente» aplicar la desgravación establecida para el citado supuesto, puesto que dichos pisos «no pueden considerarse afectos a ninguna actividad económica». Por esa razón, se considera que Aizoon defraudó 99.787 euros en 2007, 91.101 en 2008, 71.073 en 2009 y 19.148 en 2010. En total, 281.109 euros. En cualquier caso, los beneficios fiscales obtenidos indebidamente no alcanzaron ningún año los 120.000 euros, que es la cantidad defraudada a partir de la cual se considera que se ha cometido un delito fiscal.

Por otro lado, la Agencia Tributaria considera que el análisis del material probatorio reunido hasta ahora «pone de manifiesto» que los contratos con los distintos clientes de Aizoon «se celebraron en especial y exclusiva consideración de la persona del señor Urdangarín» y de «sus circunstancias personales y familiares». En este sentido, al menos hasta el ejercicio de 2008, los ingresos de la sociedad se encontraban «íntima e indisolublemente vinculados» al Duque de Palma. En relación a la mercantil, se señala que «el valor añadido es aportado por su socio y administrador, el señor Urdangarín».

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