caso bárcenas
Ruz ya rechazó investigar pagos a los líderes del PP por delito fiscal
El juez y el fiscal creen «indiscriminado» indagar ahora en el patrimonio de hasta 40 dirigentes populares

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha dejado claro desde el primer momento que en la causa de los llamados papeles de Bárcenas, que se ciñe a los ejercicios de 2007 y 2008, no se están investigando posibles delitos fiscales cometidos por dirigentes populares. El meollo de la cuestión no es ese, sino si hubo empresarios que en esos años pagaron al PP a cambio de contrataciones. Es en esta línea en la que se enmarcan todas las diligencias que el magistrado ha practicado en los últimos meses: desde el interrogatorio, en calidad de imputados, a los empresarios cuyos nombres aparecen en esos apuntes, hasta el registro de entradas en la calle Génova.
Es cierto que han pasado por el juzgado dirigentes populares cuyos nombres estaban recogidos en esos supuestos apuntes contables (algo que ellos mismos reconocieron), pero ni el presidente del Senado, Pío García-Escudero, ni Jaume Matas, ni Santiago Abascal ni el diputado Jaime Ignacio del Burgo han declarado en ningún momento como imputados, sino como testigos.
Una investigación de los sueldos de la cúpula del PP no habría justificado por sí misma que Ruz hubiera asumido su competencia para investigar posibles delitos fiscales ya prescritos (por esos hipotéticos sobresueldos no declarados) en una pieza separada a la principal: el caso Gürtel. Es la relación entre una y otra investigación la que hizo que fuera Ruz y no Javier Gómez Bermúdez -el magistrado en el que inicialmente recayó la querella promovida por Izquierda Unida a raíz de la publicación de los papeles- quien investigara los hechos por su conexión con la presunta trama de corrupción que lideraba Francisco Correa.
«Censura y valoración»
Bárcenas es el único enlace entre ambas causas: en su condición de extesorero del PP, él ejercía el control de las cuentas del partido. Y de esta circunstancia, que se le ha vuelto como un bumerán, llegó a dar fe ante notario , cuando, a punto de trascender el resultado de la comisión rogatoria de Suiza, quiso justificar ante Ruz que el origen de su fortuna no estaba relacionado con el partido, sino con su buen ojo para las inversiones.
Ni la Fiscalía ni el magistrado han hablado en ningún momento en los medios de comunicación: lo han hecho en sus informes y autos respectivamente. La última vez fue el 3 de julio, cuando Ruz rechazó llamar a declarar al expresidente del Gobierno José María Aznar como testigo, una petición que partió de la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade). Solicitaban esta comparecencia para aclarar supuestas entregas de un millón y medio de pesetas entre abril y agosto de 1999.
Ruz aseguró que se trataba de una diligencia «innecesaria» y recogió como suyo un argumento de la Fiscalía: «Las razones que esgrime dicha acusación muestran un interés que se aparta del que ha de presidir la instrucción judicial de esclarecer los hechos presuntamente delictivos que conforman su objeto. Su interés se centra más bien en someter la conducta del testigo a la censura y valoración, al menos, de las partes, en relación con los hechos en que fundamenta su petición, lo que excede de la función del proceso penal».
El Ministerio Público advertía, además, que esos pagos «no revelan a priori ninguna actividad de naturaleza delictiva, que, en cualquier caso, y por el tiempo en que tuvieron lugar, no podrían ser objeto de persecución». Lo mismo cabía decir de la investigacion «indiscriminada» de las declaraciones de la renta de 40 dirigentes populares que solicitó esta misma acusación. Entre ellos estaba Mariano Rajoy , quien, en una nueva entrega ds 92.000 euros del partido entre 1997 y 1999, años en los que fuee papeles atribuidos a Bárcenas, habría recibido uno ministro de Administraciones Públicas, primero, y después de Educación. Su caso es distinto del de Aznar, pero también estaría prescrito: desde 2001.
Infracciones ya prescritas
De ser cierto este dato que la dirección del PP niega taxativamente, Rajoy sí podría haber incurrido en una vulneración la ley de incompatibilidades por cobrar del partido mientras era miembro del Ejecutivo. Ello, en su caso, habría implicado la devolución de lo « percibido indebidamente », como prevé el artículo 12 de esta ley promulgada en 1995 y en vigor hasta 2006. En la misma circunstancia que Rajoy se encontrarían otros exministros que aparecen en los nuevos apuntes contables, pero en todo caso se trataría de una hipotética infracción prescrita.
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