Baldoví pasa de condenar las camisetas a exhibirlas él en Pleno
En 2010 defendió como alcalde de Sueca que el Pleno no podía ser un «carnaval»
El diputado de Compromís-EQUO, Joan Baldoví , no dudó el pasado miércoles en protagonizar un nuevo «numerito» en el Pleno al desabrocharse la camisa para dejar ver una camiseta con el lema «Stop desahucios» mientras preguntaba al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante la sesión de control al Ejecutivo. Sin embargo, en su etapa anterior como alcalde de Sueca, Baldoví aplicaba el rasero contrario y ordenaba a la Policía el 4 de marzo de 2010 la expulsión de la sesión plenaria municipal de dos jóvenes, sentados entre el público, que vestían una camiseta con el lema «ZP al paro». « O te quitas la camiseta, o abandonas el Pleno . Si lo que queréis es montar un numerito, a mí me parece impropio», señaló.
Tal es así, que según sus propias palabras de entonces, su «striptease» de la semana pasada debió haberle costado la expulsión del Hemiciclo por «perturbar el orden y el buen funcionamiento del Pleno» . Fue con estas palabras y con el argumento de que «el Ayuntamiento de Sueca no es carnaval» como Baldoví defendió el 4 de marzo de 2010, un desalojo que, para mayor agravio comparativo, se ordenó sin que se hubiera producido ninguna intervención previa de los jóvenes en la sesión que, hasta su salida forzosa, se limitaron a ocupar sendos asientos en la tribuna destinada al público, de acceso abierto. Ambos, Serafín Gil y José Luis Lapuerta, pertenecían a Nuevas Generaciones del Partido Popular y al Consell de la Joventut den Sueca.
«De forma caprichosa»
Aquel polémico desalojo, fue denunciado por Gil ante el Síndic de Greugues Valenciano (Defensor del ciudadano), José Cholbi Diego, que en su resolución de noviembre de ese mismo año ofreció amparo a los desalojados asestando un buen golpe al hoy diputado de Compromís-EQUO.
El Síndic consideró que la orden de Baldoví no estuvo «precedida desde el punto de vista constitucional de una correcta ponderación de los derechos fundamentales en juego, el derecho al honor y a la libertad de expresión» que consideró «restringido o limitado». Así, subrayó que la legislación solo faculta al alcalde a ordenar una expulsión «en casos extremos» cuando se «impida el normal desarrollo de la sesión» haciendo hincapié en que esta potestad no puede ejercerse «de forma caprichosa, arbitraria o inmotivada». Y resaltó que «llevar una camiseta que ponía «ZP al paro»» no suponía «en principio, impedir el normal desarrollo de la sesión plenaria» por lo que consideraba que Baldoví —que había presentado sus alegaciones al Síndic— había ordenado el desalojo por «apreciaciones o valoraciones subjetivas y en presunciones de análoga naturaleza que en modo alguno constituyen los casos extremos que permiten el ejercicio de la expulsión que pos su carcarácter restrictivo y limitador de derechos únicamente debe activarse en casos extremos».
En vista de ello, Cholbi recomendó al Ayuntamiento de Sueca que las decisiones «a tomar que pudieran afectar a una limitación o restricción de los derechos fundamentales, vayan precedidas de una correcta ponderación de los derechos fundamentales en juego en aras a evitar su vulneración». Todo un correctivo.
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