justicia
Un Estatuto de la Víctima protegerá al más débil en un proceso penal
La propuesta de reforma del Código Procesal Penal introduce medidas especiales que amplían la protección a las víctimas

La propuesta del Código Procesal Penal dedica un capítulo íntegro al «Estatuto Procesal de la Víctima» que recoge los derechos y potestades de quienes sufren el delito. La elaboración de este estatuto figuraba en el programa electoral del Partido Popular y fue asumido por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón , en su toma de posesión.
La comisión de expertos presentó ayer en el Ministerio de Justicia el texto que tiene la vocación de sustituir a la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 y con más de sesenta modificaciones parciales en su haber. El capítulo IV del articulado comienza definiendo con una mayor claridad a la figura de la víctima , como aquel ofendido o perjudicado por el hecho punible, incluida la persona que haya sufrido un daño personal o patrimonial por tratar de prevenir el delito o auxiliar a la víctima en el momento de la comisión o inmediatamente después.
Tras ello, el texto enumera los derechos que asisten a las víctimas de los delitos y de los que se les informará debidamente, entre ellos el de evitar la confrontación visual de la víctima con el encausado cuando le genere «terror, humillación o sufrimiento» .
Ampliación de derechos
Entre otros derechos de las víctimas, se alude a la inmediata protección de su vida, integridad, libertad, honor o cualquier otro derecho que haya sido lesionado o amenazado, del derecho a ser tratado con pleno respeto a su dignidad en toda diligencia policial o actuación procesal y del derecho a que el ofendido no sufra intervenciones corporales sin su consentimiento.
A esto se suma la protección de sus datos personales, el derecho a ser oído por el Ministerio Fiscal en el curso de la investigación , el derecho al ejercicio de la acción penal y civil, así como a o btener asistencia jurídica gratuit a cuando se cumplan los requisitos previstos en la correspondiente ley.
Además, el futuro Código Procesal Penal recoge el derecho de la víctima a ser informada de la situación procesal de la causa , lo cual comprende el estado de las investigaciones -a menos que hayan sido declaradas secretas-, las resoluciones sobre la situación del «encausado» -término que sustituye al actual 'acusado'- y las resoluciones de sobreseimiento y apertura del juicio, así como la sentencia y los posibles recursos. Las víctimas tendrán derecho a obtener la restitución, la reparación o indemnización del daño ocasionado por el delito y, en los casos legalmente previstos, del Estado .
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