Apréndase ya su nuevo número de cuenta para evitar líos con las facturas
Si recibe abonos en su cuenta, traslade los dígitos al emisor; si le cobran recibos, las empresas deben pedirle su autorización

Las nóminas; los recibos de la luz, el agua y el gas ; el abono de la cuota del coche y la del correspondiente seguro... Son solo algunos de los movimientos bancarios que se verán afectados por la nueva normativa que entrará en vigor el próximo 1 de agosto ( en base a la nueva prórroga ): la SEPA (Zona Única de Pagos en Euros). Su habitual número de cuenta (Código de Cuenta -CCC-) de toda la vida va a cambiar: se incorporan cuatro dígitos previos (los campos ES más dos número) y otros dos intermedios (entre el número de oficina y el de cuenta). En principio, las empresas emisoras de recibos (operadoras de telecomunicaciones, eléctricas, etc.) pueden acceder a la información sobre su nuevo IBAN (así se denomina ahora) sin necesidad de que usted tenga que dar cuenta del mismo.
Mandato de los recibos
Pero hay un punto que puede causar más de un problema: el acreedor deberá disponer del consentimiento firmado por parte del cliente como titular de la cuenta de cargo antes de iniciar el cobro de los adeudos, un documento estándar al que se conoce como «mandato». Así lo explica Javier Espejo, gerente de la consultoría El Traside, quien indica que «este mandato ya existía, pero no estaba regulado ni normalizado. Esto es lo que hace la norma SEPA. La importancia del mandato reside en que si no se dispone de él en un formato válido a partir del 1 de febrero de 2014 puede ser motivo de devolución de los recibos».
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