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condena

Evita ir a prisión por nazismo a cambio de seguir un curso de derechos humanos

La sentencia de conformidad, la primera por islamofobia en Cataluña, considera probado que el acusado vertió noticias y comentarios «de carácter ofensivo, denigrante y vejatorio» contra minorías étnicas y religiosas

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Una juez de Barcelona ha condenado a dos años de cárcel a Jaime T. por delitos de incitación al odio y la violencia y difundir ideas que justifican el holocausto y el genocidio, aunque le ha suspendido cumplir la pena si sigue un curso de derechos humanos y de derechos de las minorías.

Jaime T., mayor de edad y sin antecedentes penales, fue el autor de una página web que funcionó entre enero de 2009 y marzo de 2011 y que creó «expresamente con la finalidad de difundir masiva e indiscriminadamente» en Internet documentos, imágenes, vídeos, noticias y opiniones nazis, «de carácter ofensivo, denigrante y vejatorio» contra minorías étnicas y religiosas.

Según la sentencia de conformidad entre las partes, la primera por islamofobia en Cataluña, la titular del juzgado de lo penal número 7 de Barcelona, María del Pilar Calvo, considera probado que el procesado vertió toda clase de insultos y comentarios vejatorios y discriminatorios contra «personas que profesan la religión musulmana, judíos, inmigrantes y personas afrodescendientes».

En la web, que recibió al menos 21.240 visitas, el condenado alababa el III Reich en Alemania y justificaba los crímenes genocidas cometidos y animaba a realizarlos sobre creyentes musulmanes.

Los Mossos d'Esquadra detuvieron al joven de ideología nazi en marzo de 2011 y en el registro de su domicilio se incautaron de abundante material informático y vídeos en el que el acusado hacía discursos despectivos y peyorativos contra los inmigrantes y pedía el restablecimiento de antiguos regímenes autoritarios.

También hallaron numerosas imágenes de esvásticas, fotografías de Adolf Hitler, logotipos de organizaciones nazis y carteles del III Reich, propaganda antijudía y antimusulmana y otros documentos y artículos de opinión xenófobos.

En su sentencia, la juez explica que el fiscal y el acusado han alcanzado un acuerdo y que la legislación no le permite imponer más pena que la mayor solicitada, en este caso la del fiscal, que solicitaba una condena de dos años de cárcel, un año por cada delito, y una multa de seis meses a razón de 6 euros diarios (unos 1.080 euros).

La juez acuerda la suspensión de las penas «condicionada primero a que no vuelva a cometer un nuevo delito en un periodo de tres años y segundo, de participar efectivamente como regla de conducta en un curso/programa de derechos humanos para la prevención de los derechos de la humanidad y minorías de la sociedad». La sentencia es firme porque ha habido conformidad en el acto del juicio y las partes se han comprometido a no recurrirla.

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