Pedraz arremete contra la actuación de la Policía en la tramitación de la causa del 25-S
Archiva el procedimiento contra los ocho imputados bajo el argumento de que les amparaba la libertad de expresión «máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política»
Los ocho imputados por promover la manifestación del 25-S frente al Congreso de los Diputados no cometieron ningún delito contra las altas instituciones del Estado porque en ningún momento se alteró el «normal funcionamiento» del Pleno que se estaba celebrando ese día. Además, el hecho de convocar bajo lemas como «rodear, permanecer de forma indefinida o exigir un proceso de destitución y ruptura del régimen vigente (...) en modo alguno puede ser constituyo de delito, ya no solo porque no existe tal delito, sino porque, de existir, atentaría claramente contra derecho fundamental de libertad de expresión».
Estas son algunas de las consideraciones que hace el juez Santiago Pedraz en el auto en el que archiva la causa abierta contra estos ocho detenidos por la convocatoria del 25-S, una resolución en la que cuestiona la actuación de la Policía durante la tramitación de esta causa, llegando a asegurar que incluso Judicial se ha extralimitado en sus funciones, «máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política» .
«De ninguna forma la unidad policial puede sustraer unos hechos concretos imputados a personas concretas que son conocidos por un juzgado para que otro juzgado conozca de ellos, pues constituye claramente un exceso en sus funciones propias», dice.
Para el magistrado, «no cabe prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional». Menos aún, prosigue, no se puede «prohibir la expresión de opiniones subjetivas sobre acontecimientos históricos o de actualidad, máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política».
De esta forma, los ocho imputados han quedado en libertad , entre ellos el afiliado del Sindicato Agrícola de Trabajadores (SAT) que se negó a entrar en el edificio de la Audiencia Nacional , ahora en la calle Prim con motivo de la reforma que se está llevando a Cabo en Génova. Fuentes jurídicas señalaron que el juez podría haberle impuesto lo que se llama una multa de estrados. De él Pedraz dice que su presencia «resulta indiferente, por cuanto habría renunciado a declarar lo que tuviera por conveniente, no viéndose por tanto alterado su derecho de defensa».
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