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¿Pueden cobrarme un recargo en el billete de avión por la subida de tasas aeroportuarias?

La subida del 10,2% de las tasas aeroportuarias aprobada en los Presupuestos Generales del Estado, supone incrementos del 50% en Barajas y El Prat. Ryanair cobra directamente esa tasa en los billetes comprados antes del 1 de julio

PATRICIA MORALES

Llega el momento de irse de vacaciones por tierra, mar y aire. El tranporte no importa con tal de salir de la ciudad para pasar unos días de relax en el destino elegido . Sin embargo, los días felices de descanso, para algunos se han convertido en una pequeña pesadilla, gracias, en parte, a la subida de tasas aeroportuarias .

En el caso de haber adquirido billetes de avión con anterioridad al 1 de julio, la compañía aérea cargará por el aumento de los impuestos de salida de los aeropuertos españoles en todos los vuelos con salida desde España que fueran reservados antes del 1 de julio de 2012 para viajar a partir del 1 de julio de 2012. Algunas compañías como la irlandesa Ryanair han trasladado la carga de ese pago directamente a los pasajeros a través de un correo electrónico avisando de la transacción. Otras, como Iberia , no lo aplicarán.

Desde las organizaciones de consumidores y usuarios rechazan este tipo de prácticas. Es el caso de la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) , que se se opone a que se traslade a los usuarios con billetes de avión ya comprados el incremento de las tasas aeroportuarias, en vigor desde el 1 de julio, por entender que se trata de una «práctica ilícita». En declaraciones a ABC , el responsable de servicios jurídicos de CEACCU, Eugenio Ribón, confirma que «no existe obligación alguna de trasladar el incremento de la tasa a los usuarios» .

Ryanair indicó que el recargo será automáticamente aplicado en la tarjeta de pago utilizada en el momento de realizar la reserva. Aquellos viajeros que no acepten el cargo adicional podrán cancelar sus vuelos y solicitar el reembolso del billete a la compañía antes del pasado viernes 13 de julio, de lo contrario se les cargaría el sobrecoste a su tarjeta de pago.

¿Y si no pago?

En el caso de que no se pague ese precio, que tratándose del aeropuerto de Madrid-Barajas alcanza los 9,12 euros por trayecto , CEACCU expone que «una vez personado el usuario en el aeropuerto, provisto de la documentación pertinente y con la antelación indicada por la compañía, y con independencia de que la compañía pudiera reclamar el pago si así lo considera adecuado a través de los procedimientos judiciales de rigor, la aerolínea incurriría en una denegación de embarque , prevista en el artículo 2.j) del Reglamento UE 261/2004 ».

De esta forma, no sólo tendría el derecho de asistencia al pasajero (manutención, alojamiento, llamadas...) sino también a ser conducido lo más rápidamente posible al destino final y a una indemnización que oscilará entre los 250 y 600 euros en función de la distancia del vuelo.

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