Argentina aprueba la ley de «identidad de género» para los transexuales
Aquellas personas que se sientan de otro género podrán cambiar su identidad sin pagar y sin notificarlo a la Justicia

Los argentinos mayores de 18 años podrán decidir el género que deseen en su DNI aunque no se corresponda con su morfología. Esto es, los hombres que se sientan mujeres podrán elegir la casilla del género femenino sin necesidad de someterse a intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales para cambiar de sexo. El mismo proceso sucederá a la inversa con aquellas mujeres que en su fuero interno se identifiquen con el sexo masculino . Así lo dispuso una ley aprobada sin oposición en el Senado.
La norma hace extensiva las modificaciones de género a la totalidad de los documentos oficiales del interesado.
Los trámites de actualización de la «identidad de género» serán gratuitos y sin necesidad de intervención judicial. De tal modo que las personas que quieren cambiar su partida de nacimiento, carné de conducir o cualquier otro certificado o licencia que contemple un sexo con el que no se siente identificado no deberá abonar por ello ni precisar de la autorización de un juez . Además, si opta por la cirugía reparadora o tratamientos médicos alternativos, la Sanidad, tanto privada como pública, deberá ser gratuita . Así lo dispone la ley que fue aprobada por la totalidad de la Cámara con un única abstención.
Ley con inspiración española
La ley, inspirada en la española pero mucho más ambiciosa, considera la identidad de género como, «la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento de nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo». La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) española celebró la medida y aplaudió que, «no considere necesario ni un diagnóstico psicológico de disforia de género ni ningún tiempo de tratamiento hormonal para poder acceder al cambio registral, realizando un tratamiento no patologizante de la transexualidad. Es decir, sin tratar a las personas transexuales como enfermas».
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