SENTENCIA JUDICIAL
El Supremo ordena al Opus Dei borrar de sus ficheros a una ex miembro
El Tribunal Supremo ha ordenado al Opus Dei a borrar de sus ficheros los datos de una mujer que decidió darse de baja y a pagar hasta 3.000 euros en concepto de costas del juicio y abogado. La Prelatura argumentó en su momento que el Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos entre la Santa Sede y el Estado español de 1979 «protege la inviolabilidad de los registros y demás documentos de las instituciones eclesiásticas». Sin embargo, el Supremo entiende que dicha inviolabilidad «no es predicable frente al ciudadano cuando ejercita su derecho fundamental» sobre sus propios datos personales.
Además considera que a diferencia de los libros bautismales —que son «una pura acumulación de datos» y no se obliga a borrarlos en caso de apostasía— el Opus Dei «los tiene organizados hasta tal punto que son fácilmente localizables». La Prelatura ha asegurado que acata «plenamente» el fallo y que «ya se ha enviado a la demandante la certificación de que se han borrado sus datos», informó Efe.
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