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La Audiencia cuestiona ahora que un policía diera el soplo del Faisán

Duro varapalo a la instrucción del juez Ruz en el auto en el que le ordena abrir otras vías

La Audiencia cuestiona ahora que un policía diera el soplo del Faisán ABC

nati villanueva

Suena rara la unanimidad que ha llevado al Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional a revocar el procesamiento de los tres mandos policiales del «caso Faisán», el «chivatazo» a ETA que obligó a posponer un mes y medio la desarticulación de la red de extorsión de ETA que operaba en torno al bar de Joseba Elosua en Irún. Y suena rara porque el caso del soplo policial ha pasado por las manos de al menos cuatro de los catorce magistrados que han compuesto ese Pleno (con motivo de la resolución de distintos recursos) sin que ninguno de ellos cuestionara nunca que el «chivatazo» vino de alguien de dentro del Cuerpo que dirigía el operativo contra esta red de extorsión.

Ertzaintza o Guardia Civil

El Pleno lo hace ahora —mes y medio después de anunciar su fallo— en el auto en el que ordena al juez instructor que siga investigando, pues considera que los indicios que ha encontrado contra el ex director general de la Policía Víctor García Hidalgo, el jefe superior de la Policía en el País Vasco, Enrique Pamiés, y el inspector José María Ballesteros son «insuficientes» para procesarles. Los magistrados consideran incluso precipitado asegurar que ha sido un policía el autor del «chivatazo», pues la operación policial que se iba a llevar a cabo el 4 de mayo de 2006 también la podía conocer algún miembro de la Ertzainzta o de la Guardia Civil, dicen.

La decisión del Pleno (de devolver la causa al juez) se conoció el pasado 21 de septiembre, pero en ningún caso se esperaba en la Audiencia que la redacción del auto fuera a ser tan dura contra el juez Ruz. Hay, incluso, quien entiende que las críticas son también a Garzón, quien instruyó esta causa inicialmente y nombró al equipo investigador cuya actuación ahora se cuestiona, pues, según señala la Sala, ese equipo puede estar «contaminado». Según señalaron fuentes judiciales ese 21 de septiembre, hace un mes y medio, el Pleno iba a «invitar» al instructor a que investigara más, a que afianzara su tesis, pero no a que volviera a empezar de cero, que es lo que le vienen a decir ahora los catorce magistrados en este auto de 20 folios.

El ponente, José Ricardo de Prada, el juez que en un voto particular hace unos meses justificó el «soplo» en un contexto político de negociación, no escatima críticas a la investigación de Ruz. Y eso que la redacción inicial de la resolución era todavía «más abrupta» que la que ha resultado finalmente, según fuentes del Pleno.

«Edificio sin cimientos»

El escrito subraya que «si el cimiento falla, se desmorona el edificio». Y esa es la filosofía de toda la resolución. «Investigación incompleta», «exclusiones arbitrarias», «defectuosa metodología», «meras deducciones»... En definitiva, Ruz «hace albergar serias dudas sobre la verosimilitud de su hipótesis, (...), construida sobre una determinada cronología cerrada. Existen otras alternativas igualmente posibles de los hechos que deben ser investigadas», señala.

Además de haber cerrado el círculo en torno a la Policía como el Cuerpo del que provino la delación, los magistrados le reprochan que haya dado credibilidad al testimonio de Elosua (propietario del Faisán) sólo en aquellos aspectos que perjudican al inspector Ballesteros y no en aquéllos que le benefician. También que no se haya percatado de las contradicciones que existen entre las actas policiales de seguimiento (del equipo que investigaba la red de extorsión) y las declaraciones de Elosua, así como que haya investigado sólo las llamadas de teléfono realizadas a través de los operadores de telefonía móvil españolas, y no las efectuadas a través de operadores francesas o de estaciones base de telefonía ubicadas en el país vecino.

Y no sólo eso: los magistrados critican incluso que Ruz plasmara «conclusiones referidas a la intencionalidad de la tercera persona desconocida (Pamiés, según Ruz) que se comunica con Elosúa. Para el instructor, esa intencionalidad era clara: avisar a Elosua, encargado de la recaudación del «impuesto revolucionario», de que iba a ser detenido para que evitara el arresto. No había duda.

Ahora, lo único cierto para la Sala es que hubo un «soplo», que ni siquiera se tuvo por qué producir a la hora ni en el lugar que dice el juez.

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