«Fuga legal» de etarras
Esperar a que pase Semana Santa es un gesto de indiferencia hacia las víctimas, pero también hacia la trascendencia del «caso Troitiño»
LA excarcelación del etarra Antonio Troitiño está siendo seguida por declaraciones y comportamientos que no se corresponden con la gravedad de lo sucedido. Por lo pronto, la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional tendría que reunirse de forma extraordinaria lo antes posible para resolver el recurso de la Fiscalía contra la puesta en libertad de este asesino. Esperar a que pasen las vacaciones de Semana Santa es un gesto de indiferencia hacia las víctimas, pero también hacia la trascendencia del caso en futuras liquidaciones de condena a otros terroristas. Y si hay condicionamientos legales insoslayables, entonces hace falta una explicación pública del presidente de la Audiencia Nacional o de la sala de lo Penal que transmita empatía a las víctimas de ETA y a la sociedad.
Tampoco merece mejor comentario lo dicho por el vicepresidente del Tribunal Constitucional, Eugeni Gai, quien ha justificado la decisión que tomó este tribunal en 2008 remitiéndose al Código Penal. Lo cierto es que la doctrina del TC no era un designio fatal, sino una opción que eligieron sus magistrados para reconocer a un preso el extraordinario beneficio de computar una misma prisión provisional en tantas condenas como estuviera cumpliendo. La ley no obligaba a esta interpretación. Al contrario, la doctrina constante del Supremo sobre el artículo 58 del Código Penal descontaba la prisión provisional solo de la condena impuesta en la misma causa en la que se hubiera impuesto esa medida cautelar. Por tanto, no es la ley, sino una sentencia del TC, lo que ha sacado a Troitiño a la calle. Como señaló el TS en una sentencia de 2009, la doctrina del TC «provoca la creación “de facto” de un beneficio penitenciario no previsto precisamente por el legislador, con clara incidencia en materia de ejecución de condenas y con efectos incalculables e imprecisos, al quedar el licenciamiento definitivo al albur del caso concreto, quebrando el principio de legalidad en materia penal y penitenciaria».
Todos los tribunales que vayan a revisar la excarcelación de Troitiño tienen que actuar con rapidez, desde la Audiencia Nacional, pasando por el Supremo y acabando en el Constitucional, que ha de revisar su propia doctrina. Porque detrás de Troitiño, al que no se le pueden imponer medidas de vigilancia porque está libre y sin cargos, van a venir otros muchos, en una especie de «fuga legal» que debe frenarse por razones de justicia y legalidad.
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