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El fiscal del Supremo responde al CGPJ que debe suspender por segunda vez a Garzón

Tras la apertura de juicio oral también por el caso de las escuchas en el «caso Gürtel», «procede» que siga apartado del Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional

El fiscal del Supremo responde al CGPJ que debe suspender por segunda vez a Garzón REUTERS

e. m.

La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha respondido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que sí procede suspender de nuevo cautelarmente de sus funciones al juez Baltasar Garzón , después de la apertura de juicio oral contra el magistrado por ordenar las escuchas del "caso Gürtel " entre los imputados y sus abogados en prisión.

Así lo indica el teniente fiscal del Supremo Juan José Martín Casallo a la comisión permanente del CGPJ - en el documento que puedes consultar aquí - quien le había pedido hace dos días que se pronunciara sobre la conveniencia de esta medida cautelar para el juez jiennense, ya suspendido desde hace once mees por la causa del franquismo, que también se encuentra pendiente de resolución en el Alto Tribunal.

La medida se prolongará hasta la sentencia

La Fiscalía esgrime en su documento que si la finalidad de la suspensión es evitar daños al normal funcionamiento de la Administración de Justicia o evitar que peligre la confianza en la misma de los ciudadanos, "es claro" que podrían ocurrir tales daños "de continuar ejerciendo como titular del Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional". El juez Garzón trabaja desde su suspensión temporal el 14 de mayo de 2010 como asesor en la Corte Penal Internacional de La Haya. La Fiscalía justifica su decisión en la doctrina del Tribunal Constitucional, tras realizar un "examen global" de los diferentes acuerdos adoptados por el CGPJ en relación con la suspensión provisional de magistrados inmersos en un procedimiento y, añade en el informe remitido al órgano comisionado del CGPJ, que la duración de la medida "se extenderá hasa que recaiga en la causa de las escuchas sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento".

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