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El Constitucional rechaza suspender la ejecución de la sentencia de ilegalización de ANV

El Tribunal Constitucional ha rechazado la petición que realizó Acción Nacionalista Vasca (ANV) para que se suspendiera la ejecución de la sentencia de ilegalización que dictó en septiembre pasado el Supremo mientras se tramita su recurso de amparo, al entender que "los derechos e intereses" de este partido político han de ceder ante "el predominante interés público y general en la preservación de los principios y valores democráticos".

Con esta decisión, contenida en un auto dictado por la Sala Segunda, el alto tribunal da la razón a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado, que rechazaron la suspensión de la ejecución de la sentencia para evitar la continuidad de un partido que ha colaborado "reiterada y gravemente" con Batasuna y "apoyado" a la organización terrorista ETA.

Precisamente ayer, el Tribunal Supremo inició los trámites de ejecución de esta resolución, al decretar el embargo de todos sus bienes y cuentas corrientes y dar diez días de plazo a los 125 ayuntamientos con grupo municipal de esta formación para que aleguen lo que consideren oportuno sobre la petición realizada por la Abogacía del Estado instando su disolución.

Resolución antes de las elecciones vascas

No obstante, el Constitucional admite que el derecho de participación de ANV podría estar "en grave riesgo" si el recurso de amparo que ha solicitado se resolviera después de las próximas elecciones vascas, previstas para la primera mitad de 2009.

Según el alto tribunal, si la formación no pudiera concurrir a los comicios y, posteriormente, prosperara su recurso de amparo, "se habría perjudicado de manera irreparable su derecho y el de sus posibles votantes a participar en los asuntos públicos, con grave perjuicio, además, indirectamente, para el proceso mismo de legitimación democrática de las instituciones".

A fin de evitar esta situación, el alto tribunal se compromete a resolver el proceso "en una fecha para la que el decurso electoral no se haya precipitado hasta el punto de hacer imposible la participación de EAE/ANV si finalmente prosperara su demanda", para lo cual declara hábiles todos los sábados hasta el próximo 17 de enero de 2009.

Decisión al margen del recurso

También advierte de que la ejecución de la sentencia del Supremo podría ocasionar "graves perjuicios al partido político demandante e, indirectamente, a sus afiliados, simpatizantes y votantes". Sin embargo, estima que "la gravedad de tales perjuicios no implica" que, de llevarse a efecto la ejecución, "el recurso de amparo pudiera perder con ello su finalidad", ya que la estimación de la demanda restablecería a ANV en todos sus derechos y le devolvería a la "situación de legalidad" que tenía antes de la sentencia del Supremo.

El TC admitió a trámite el pasado 2 de diciembre el recurso de amparo presentado por ANV contra su ilegalización, en el que apelaba a la "libertad de asociación, en relación con el principio de proporcionalidad, y los derechos a la libertad ideológica y la libertad de expresión".

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