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¿Puedo viajar a Estados Unidos si he estado en Cuba?

Para viajar a EE.UU. desde España basta con un conocido permiso que se obtiene por internet (ESTA). Sin embargo, a quien haya viajado antes a Cuba no le servirá

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Patinaje en Brooklyn, con el skyline de Manhattan al fondo Ed JONES / AFP

Rocío Jiménez

El pasaporte de España, junto con el de Alemania, ha sido catalogado como el más poderoso de Europa, con 190 puntos cada uno, según el índice de Henley & Partners, la clasificación más reconocida de todos los pasaportes del mundo que realiza dicho ranking con los datos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo. Esto significa que aquellos que posean el pasaporte español tienen acceso a 190 destinos diferentes sin necesidad de solicitar un visado. Algunos países no piden un visado, pero sí una autorización electrónica de viaje. Este es el caso de Estados Unidos.

España es uno de los 30 países incluidos en el Programa de Exención de Visa, lo que significa que sus ciudadanos solo precisan de un permiso electrónico (Electronic System for Travel, ESTA) para ser admitidos por las autoridades fronterizas de Estados Unidos, pero, existen algunas excepciones.

Estados Unidos tiene una lista de Estados patrocinadores del terrorismo que incluye a Corea del Norte, Irán, Siria y, desde 2021, Cuba. Lo que significa que aquellos viajeros que hayan visitado alguno de estos destinos o que hayan hecho escala en estos puntos sí tendrán que solicitar un visado.

Cuba fue añadido por primera vez a la lista de Estados patrocinadores del terrorismo en 1982 por el presidente Ronald Reagan. En 2015 Barack Obama lo retiró, pero Donald Trump lo volvió a incluir en su última semana de mandato, días antes de la investidura del presidente actual Joe Biden. Así pues, sí se puede viajar a Estados Unidos si se ha visitado Cuba, pero será necesario obtener un visado previamente en el Consulado General o en la sección consular de la Embajada de Estados Unidos.

«El visado es necesario incluso para viajes realizados a Cuba y EE.UU. de forma separada y en distintos momentos»

En la web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España se puede leer: «Actualmente, es necesario obtener visado estadounidense para entrar en EE.UU. si usted ha viajado previamente a Cuba, no siendo suficiente la presentación del ESTA (Electronic System for Travel Authorization). Este visado debe ser solicitado en el Consulado General o Sección Consular de la Embajada de EE.UU. de su lugar de residencia. Lo anterior es aplicable incluso para viajes realizados a Cuba y EE.UU. de forma separada y en distintos momentos».

Requisitos

A diferencia del ESTA, el visado para viajar a este país es más caro y más difícil de gestionar, pero, al menos, está vigente durante mucho más tiempo, en concreto diez años, a diferencia de los dos que dura el primer documento.

En primer lugar, hay que determinar la clase de visa consultando Visas de No inmigrantes más comunes que en este caso sería de turismo. A continuación, hay que completar el formulario DS-160, trámite que puede llevar unos 90 minutos, por lo que hay que hacerlo con tiempo. Además, es importante saber que todas las preguntas deben ser contestadas en inglés usando solo caracteres de este idioma salvo cuando se pide que escriba el nombre completo en su alfabeto nativo y que hay que subir una fotografía tomada en los últimos seis meses. Ojo porque si se deja parada la solicitud más de 20 minutos la sesión expirará y habrá que volver a empezar a no ser que se haya registrado el número de identificación de la solicitud. Una vez terminado se genera una página de confirmación con un código de barras alfa-numérico que deberá entregarse en la entrevista en la Embajada de Estados Unidos para la cual habrá que coger cita durante el proceso. Cuando se ha respondido a todas las preguntas y se ha concertado la cita habrá que pagar la tarifa para la emisión del documento que es de 160 dólares / 162 euros.

Es importante tener toda la documentación solicitada para la entrevista que deberá llevarse impresa y que es la siguiente: pasaporte vigente, el documento de confirmación del formulario DS-160, recibo del pago de la tarifa de solicitud y, en caso de que la carga de la foto falle durante el formulario, una fotografía actual.

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