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La OCU lanza un aviso: no aceptes nunca estas condiciones en un contrato de alquiler de una vivienda

Existen cláusulas que pueden convertirse en una fuente de quebraderos de cabeza tanto para el inquilino como para el propietario

Un experto en inversión inmobiliaria avisa sobre lo que pasará con el precio de la vivienda en España en los próximos meses

La OCU lanza un aviso: no aceptes nunca estas condiciones en un contrato de alquiler de una vivienda Pexels

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Irse de alquiler puede ser una de las decisiones más importantes que tomamos a lo largo de nuestra vida. Para muchos, es el primer paso hacia la independencia o una solución temporal antes de adquirir una vivienda propia. Sin embargo, firmar un contrato de alquiler sin prestar la debida atención ni conocer nuestros derechos puede acarrear serios problemas. Desde cláusulas abusivas hasta condiciones poco claras, un contrato mal redactado puede convertirse en una fuente de quebraderos de cabeza tanto para el inquilino como para el propietario. En este contexto, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha lanzado un aviso dirigido a aquellos que buscan alquilar una vivienda, destacando los principales errores que pueden encontrarse en un contrato de arrendamiento y ofreciendo consejos esenciales para evitar complicaciones a largo plazo.

Pagar por adelantado sin haber visitado la vivienda

Uno de los errores más comunes que detecta la OCU a la hora alquilar una vivienda es el de pagar dinero por adelantado sin haberla visitado previamente. «Nunca adelantes dinero sin ver la vivienda y tomar un mínimo de precauciones. Que no te metan prisa. Lo primero es conocer la vivienda y comprobar su estado», recomienda la organización.

Además, la OCU sugiere que los futuros inquilinos contrasten la existencia de la vivienda a través de la web del Catastro, introduciendo la dirección del inmueble para verificar que todo esté en orden. Este paso, que muchas veces se pasa por alto, puede ahorrarnos muchas sorpresas desagradables. «Además del tamaño, número de habitaciones, ubicación real, cercanía de transportes… debes comprobar dos cosas importantes: el estado de las ventanas y el tipo de calefacción, especialmente si la zona es fría. Si no lo haces, te arrepentirás en noviembre», añade la OCU.

Firmar un contrato por escrito

Aunque pueda parecer obvio, la OCU insiste en que nunca se debe confiar en un acuerdo verbal para un alquiler, ya que un contrato por escrito no solo protege al inquilino, sino que también deja claras las responsabilidades y derechos de ambas partes. «Es esencial reflejar por escrito lo fundamental en un contrato de alquiler y quedarse con un original, firmado en todas sus páginas. Si es para vivienda, asegúrate de que no te hacen un contrato de once meses», advierte la organización.

Realizar un inventario

Otro error frecuente es no realizar un inventario detallado de la vivienda y los muebles al inicio del contrato. «Es importante elaborar un inventario de la vivienda y muebles. Y si hay elementos desgastados (suelos, paredes, etc.), deja constancia con fotos», recomienda la OCU. Muchas veces, los contratos especifican que la vivienda se entrega «en perfecto estado», lo que no siempre refleja la realidad. Por tanto, tener un inventario claro y detallado de la vivienda y su contenido evita discusiones a la hora de sufrir algún tipo de percance.

Aceptar gastos indebidos

Uno de los puntos que más conflicto genera en los contratos de alquiler es la atribución de gastos que deberían corresponder al propietario. En ese sentido, la OCU recuerda que es fundamental «revisar que el propietario no te carga en el contrato ni el IBI ni los gastos de comunidad». En caso de que lo haga, deben cumplirse ciertos requisitos, como indicar expresamente en el contrato dichos cargos, junto con su cuantía en el año de la firma. Asimismo, la organización señala que, desde el 26 de mayo de 2023, la Ley de Arrendamientos Urbanos prohíbe que se cobren al inquilino los gastos de agencia.

Fianzas abusivas

La cantidad que se entrega al propietario como fianza es otro aspecto que genera muchas dudas entre los inquilinos, sobre todo entre los más novatos. Según la OCU, «la cantidad que entregues al casero no debería superar al equivalente a tres meses de renta, entre la fianza legal de un mes y las garantías adicionales de hasta dos meses de depósito». Por tanto, pedir una fianza mayor de la permitida es una práctica ilegal y, en estos casos, la OCU recomienda buscar otra vivienda si el casero insiste en esta condición. Además, la organización revela que es fundamental conservar el recibo de cualquier pago que se realice para tener las pruebas necesarias en caso de conflicto.

Subidas anuales

En cuanto a las subidas de la renta durante el contrato, la OCU señala que esto ha cambiado en los últimos años, estableciéndose un límite extraordinario. «Desde 2022 se impuso un límite extraordinario a las subidas anuales de renta en alquiler de vivienda. El límite es del 2% en 2023 y del 3% en 2024», aclara la organización. Aunque es posible pactar otras subidas si el casero es un «pequeño arrendador» (con menos de diez inmuebles), la OCU recomienda que los inquilinos se atengan al límite legal, salvo que pacten alguna ventaja adicional, como la renovación de muebles o mejoras en la vivienda.

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