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Derechos Sociales improvisa y otorga a dedo 100 millones de euros a Cruz Roja para gestionar cheques monedero

El Gobierno sustituye la entrega directa de alimentos por vales canjeables a familias desfavorecidas

Bustinduy obvia la consulta pública previa y el trámite de audiencia a los ciudadanos y la Abogacía del Estado le exige justificar los gastos de gestión

Belarra riega con 100 millones a doce entidades 'a dedo', sin audiencia pública y con el Gobierno en funciones

Comedor social de la Obra Social Santa María Josefa en Madrid TANIA SIEIRA
Josefina G. Stegmann

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El Ministerio de Derechos Sociales ha decidido otorgar a dedo más de 100 millones de euros para la puesta en marcha durante el año 2024 de un programa de tarjetas monedero o vales canjeables por productos alimenticios (así como otros englobados en la llamada asistencia material básica) destinado a familias con hijos en situación vulnerable, concretamente en situación de «privación material severa».

El nuevo ministro Pablo Bustinduy no sometido, por lo tanto, esta importante subvención a concurrencia competitiva, que implicaría que no solo Cruz Roja sino que otros organismos pudieran competir para tener la posibilidad de obtener el dinero y gestionar estos cheques canjeables por alimentación. El proyecto de real decreto por el que se otorga esta ayuda, y al que ha tenido acceso ABC, proviene del Fondo Social Europeo Plus y se aprueba hoy en Consejo de Ministros.

Tampoco se han sometido las ayudas a consulta pública previa «por existir razones de urgencia y de interés social y público que justifican su no sometimiento», ni tampoco se ha realizado el trámite de información pública y audiencia a los ciudadanos «ya que esta norma no afecta a sus derechos e intereses legítimos», se justifica el ministerio en la memoria del real decreto por el que se concede esta ayuda, y a la que también ha tenido acceso este periódico.

Extracto de la memoria de impacto normativo en la que el Ministerio de Derechos Sociales dice que es «prácticamente imposible iniciar un proceso de concurrencia competitiva» ABC

A esto suman como justificación para dejar afuera a otras entidades que «de las reuniones previas mantenidas con las entidades sociales y las propuestas remitidas, desde un punto de vista técnico se ha podido constatar que Cruz Roja Española es la única organización que está en disposición de poder ejecutar en su totalidad este encargo». Sin embargo, más allá de esta explicación no hay ningún informe que sostenga la decisión.

El Gobierno se ha acogido para poder hacer esta concesión a dedo al apartado de la ley de subvenciones que permite obviar la competencia en caso de «razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública», dice la ley. El Ministerio de Derechos Sociales explica que el uso de esta vía es 'casi' la única posible para garantizar que las ayudas lleguen. ¿Por qué? Porque se ha producido un cambio de modelo por el cual se deja atrás la entrega directa de alimentos y se pasa a otro basado en la prestación indirecta, a través de la entrega a las familias beneficiarias de tarjetas o cheques monedero. El objetivo de este cambio, dice el sucesor de Belarra, es promover la «normalización, la autodeterminación de las personas, la garantía del cumplimiento de sus derechos y su dignidad».

«Profundo cambio»

Sin embargo, este «profundo cambio en el sistema» y los «complicados mecanismos para ponerlo en marcha» hacen imposible que esté en funcionamiento «con implantación plena en todo el territorio, en igualdad de condiciones para todas las personas y familias posibles beneficiarias de esta asistencia antes del próximo mes de abril de 2024, fecha en la que finaliza la entrega de alimento del anterior programa».

De ahí que para evitar un 'parón' en la continuidad de la prestación se haya recurrido a la concesión directa a Cruz Roja para que esta entidad se haga cargo del programa desde el 1 abril hasta el 31 de diciembre de 2024.

Fuera del plan normativo

Por otro lado, el Gobierno se ha visto obligado a justificar este real decreto en la memoria que acompaña al texto ya que no lo tenía previsto en el plan anual normativo del año 2023. «El Consejo de Ministros, en la reunión celebrada el 31 de enero de 2023, aprobó el Plan Anual Normativo 2023, entre cuyas normas en lo que respecta al ámbito de este Departamento no se incluye este proyecto de real decreto», dice la memoria de impacto normativo que acompaña al texto.

«La Comisión Europea aprobó el Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (en adelante, Programa BÁSICO) el 9 de diciembre de 2022, suponiendo un cambio de modelo respecto al Programa Operativo anterior. La puesta en marcha de este nuevo sistema de provisión indirecta no podrá implantarse plenamente antes del próximo mes de abril de 2024, y hasta ese momento es imprescindible arbitrar con carácter urgente un procedimiento transitorio que permitiera continuar con la asistencia material», insisten.

ABC

Observaciones

Por otro lado, si bien la Abogacía del Estado hace un informe favorable respecto a la concesión a Cruz Roja realiza otras observaciones. En una de ellas le reprocha al ministerio de Bustinduy que haya decidido no certificar ni justificar los gastos de asistencia técnica. Este extremo es contestado por la Abogacía del Estado que le dice a Derechos Sociales que del reglamento que citan para hacerlo no se desprende esta idea.

Además, agrega que el real decreto por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «da por supuesta la exigencia de tal justificación de gastos por parte de la beneficiaria, desde el momento en que en relación con las subvenciones financiables con fondos europeos».

Agrega, además, que si bien uno de los artículos del citado decreto establece singularidades no incluye «la de no aportación de facturas, recogiendo en su letra b) una confirmación de la exigencia de justificarse los gastos, al incluir una regla que excepciona de la obligación de presentar facturas de importe inferior a 3.000 euros, si lo establecieran las bases reguladoras, regla que da por supuesto que han de ser acompañadas a la cuenta justificativa dichas facturas».

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