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Un paso, no el punto final

El fallo del Tribunal Supremo sobre la objeción de conciencia conocido en el día de ayer es un paso y no el punto final del largo recorrido de los padres objetores en defensa de su derecho a educar en libertad. Hasta que no conozcamos el texto íntegro de la sentencia no podremos hacer una valoración detallada de su trascendencia jurídica para el movimiento objetor. De ser cierto que la sentencia abre puertas para considerar no legales determinadas consecuencias de la asignatura, los padres de familia explorarán esas vías que eventualmente el Tribunal Supremo haya podido abrir.

En todo caso, los padres recurrirán ante el Tribunal Constitucional (TC) y, si fuese necesario, ante los tribunales internacionales competentes en materia de derechos humanos los pronunciamientos del Tribunal Supremo que sean contrarios a nuestro derecho a educar en libertad. Este es un derecho del que nadie puede privarnos.

Sería muy razonable que el Gobierno, con las indicaciones que haga el TS en la sentencia, abriera un proceso de diálogo y búsqueda del consenso para redefinir los contenidos de Educación para la Ciudadanía de forma respetuosa con los derechos de los padres de familia.

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