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tribunales

Un vecino de Brenes acepta 10 años de cárcel por dos agresiones sexuales a dos menores

El acusado, de 40 años, reconoció haber cometido una penetración anal a una menor de 8 años en la piscina municipal de Cantillana

Detienen al padre del niño de cinco años muerto en Gerena como principal sospechoso

El varón de Brenes condenado no podrá trabajar en nada relacionado con menores durante los seis años posteriores a su condena ABC

ABC

Sevilla

Un varón de más de 40 años de edad ha aceptado una condena a diez años de cárcel, por sendos delitos de agresión sexual cometidos sobre dos menores de edad en las localidades de Cantillana y Brenes, quedando así resuelto el juicio celebrado en su contra este miércoles en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, donde este inculpado ha reconocido los hechos y se ha atenido a la petición de pena de la Fiscalía.

En concreto, como ha informado Canal Sur Radio y han confirmado a Europa Press fuentes del caso, el acusado es A.J.N., de algo más de 40 años de edad y vecino de Brenes, quien habría reconocido durante la sesión del juicio que allá por 2017, cometió un delito de agresión sexual con penetración anal sobre un menor de entonces ocho años de edad, en la piscina municipal de Cantillana.

Del mismo modo, habría admitido que incitó a un segundo menor, este de 15 años a la fecha de los hechos, para que acudiese a su domicilio de Brenes con la promesa de entregarle cien euros a cambio de presenciar cómo se masturbaba.

El inculpado habría reconocido tales hechos, modificando la Fiscalía sus peticiones de pena, en el sentido de circunscribirlas a ocho años de cárcel por un primer delito de agresión sexual a un menor de edad, más otros dos años de prisión adicionales por otro delito de agresión sexual sobre el otro menor de 15 años de edad. Tanto la defensa del inculpado como la acusación particular en nombre de las víctimas se habrían adherido a esta petición del representante del Ministerio Público.

La condena aceptada por el inculpado, que habrá de ser plasmada en la correspondiente sentencia por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, incluye 16 años de prohibición de acercarse a los dos mencionados menores o comunicarse con ellos, seis años de libertad vigilada post penitenciaria y seis años de inhabilitación especial para empleo o actividad que implique contacto directo con menores, así como la obligación de indemnizar con un total de 18.000 euros a las víctimas.

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