PKF realiza en Sevilla varios fichajes para su nueva división de entretenimiento y deporte
Los abogados Francisco de Haro y Concepción del Campo han desarrollado sus carreras en las últimas décadas en EY y Ontier en la capital andaluza
![Concepción del Campo, Francisco de Haro y Juan Rafael Ramírez, del equipo de PKF en Sevilla](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/sevilla/2024/01/17/PKF-attest-entretenimiento-deporte-RYc1powwUX2fCbxkzS1wvuK-1200x840@abc.jpg)
Películas, series de televisión, cortometrajes, documentales, festivales de música o danza, teatro o espectáculos de circo se están financiando mediante la cesión a inversores de las deducciones fiscales a las que tienen derecho los productores en el Impuesto sobre Sociedades. Para captar parte de ese ... negocio, a firma de servicios PKF Attest ha creado en Sevilla su división PKF Attest Entertainment, que dará servicios a empresas del sector del deporte y entretenimiento en material legal, fiscal, auditoria y tecnología. Y para esa nueva división de negocio, PKF ha fichado en Sevilla a los abogados Francisco de Haro y Concepción del Campo, que han desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en Ontier e EY.
Francisco de Haro tiene más 30 años de experiencia en la asesoría legal y tributaria a empresas del sector audiovisual y deportivo. De hecho, ha sido asesor fiscal del Real Betis Balompié. De 2016 a 2023 fue socio de Ontier en Sevilla y de 1992 a 2013 fue director ejecutivo de EY en la capital andaluza. Por su parte, Concepción del Campo cuenta también con más de 20 años de experiencia en asesoramiento fiscal a empresas, habiendo coincidido con De Haro en Ontier e EY.
«PKF Attest Entertainment ofrece asesoramiento integral a empresas, siendo especialmente relevante en el sector del entretenimiento, donde proporciona el tratamiento especializado de todos los trámites y requisitos necesarios para que sus clientes puedan beneficiarse de todas las ventajas fiscales que aportan las diferentes comunidades autónomas a estas compañías por realizar proyectos en sus territorios», ha indicado a ABC Juan Rafael Ramírez, socio de legal y fiscal en Sevilla de PKF Attest.
Ramírez cuenta con una dilatada trayectoria en el ámbito deportivo, ya que ha trabajado con clubes de fútbol y deportistas de diferentes territorios, así como a las federaciones de distintas disciplinas en material legal, fiscal, auditoría y tecnológico. Ramírez es asesor legal y financiero, entre otros futbolistas, de William Silva de Carvalho, jugador del Betis.
Legislación
La Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades establece determinados beneficios fiscales en forma de deducción de la cuota íntegra a quienes participen en determinadas actividades de interés cultural, como producciones audiovisuales y artes escénicas. La mayoría de los productores no obtienen suficiente cuota para aplicar dichos incentivos fiscales, por lo que se permite que otros contribuyentes apliquen dichos créditos fiscales, incentivándose la inversión privada en el sector cultural español, indica PKF Attest.
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, modificado por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, se introdujo un nuevo mecanismo, adicional al existente, para el aprovechamiento de estos incentivos, regulándose la figura del contrato de financiación (artículo 39.7 Ley Impuesto Sociedades) a través del cual se permite el traspaso de las deducciones generales por el productor a aquéllos que desempeñan una función de meros financiadores.
Para los productores audiovisuales, la deducción el del 30% del primer millón y del 25% sobre el exceso de dicho importe. El límite es de 20 millones de euros por producción y de 10 millones por episodio. Para los productores de artes escénicas, la deducción es del 20% respecto de los gastos incurridos, siendo el límite de 500.000 euros por contribuyente en cada período impositivo (inversión máxima con derecho a la deducción de 2,5 millones de euros).
Por otra parte, quienes participan en la financiación de todo o partes de los costes de producciones españolas de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación, documental o producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizadas por empresas o personas físicas podrán obtener incentivos fiscales. Se podrá aplicar una deducción por un importe máximo del 120% de la cantidad invertida, recuerda esta firma legal, siempre y cuando estemos hablando de la nueva figura de los contratos de financiación, alcanzando el 130% en el supuesto de realizar la inversión en Agrupaciones de Interés Económico que actúen efectivamente en la producción o exhibición de los productos mencionados. Esto es de aplicación en la comunidad autónoma de andalucía, así como a nivel estatal, aunque dichos porcentajes pueden verse incrementados, en más del doble, en comunidades autónomas como el País Vasco.
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