Los becarios en prácticas comenzarán a cotizar a partir de enero de 2024: ¿cómo se aplicarán las cotizaciones y a qué alumnos afectará?
Las empresas están obligadas a su cumplimiento, pero ya hay universidades que se están encontrando con obstáculos
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Desde el próximo 1 de enero de 2024 los estudiantes en prácticas, ya sean sean remuneradas o no, empezarán a cotizar a la Seguridad Social. Así lo estipuló el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, aprobado por el Gobierno, por lo que las empresas estarán obligadas a su cumplimiento. Eso sí, existe un problema que las universidades han hecho público: el rechazo de empresas e instituciones públicas a asumir la parte de cotización que les corresponde, algo que ha derivado en que sean las propias universidades las que asuman estas cotizaciones para sus alumnos tengan la posibilidad de titularse.
La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (Crue) señalaba en su comunicado sobre el tener que asumir las cuotas que «de no ser así, no habría graduados/as en Medicina, Enfermería o Magisterio en los próximos años», además de reclamar que «dado que una parte sustancial de las prácticas se realizan en organismos públicos, estos deberían asumir la gestión y el pago».
Esto es algo que se está produciendo ya de forma recurrente porque las universidades ya están firmando acuerdos de prácticas para sus alumnos, al estar próximo el arranque del año 2024 y a la espera de que alguien encuentre una solución que no sea eliminar las prácticas de los planes de estudio.
¿A qué alumnos afectará?
Esta cotización de los becarios en empresas e instituciones arranca el 1 de enero de 2024 y afectará a aquellos alumnos que realizan prácticas formativas o académicas externas incluidas en el plan de estudios, tanto en los estudiantes universitarios como los de Formación Profesional. Quedarían excluidos los que realizan prácticas a bordo de embarcaciones, ya que estarían incluidos en el Régimen Especial del Mar.
Eso sí, esta cotización de los becarios sólo les sirve de cara a la pensión, pero no cotizan por desempleo, por lo que no les servirá para pedir el paro, ya que no les aparecerán sus prácticas cotizadas para ese aspecto.
Cabe recordar que la aprobación de este Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo contempló reducir el impacto del mismo en las empresas al bonificar la cotización al 95%, teniendo que asumir las mismas solamente el 5% restante.
¿Cómo se aplicarán las cotizaciones?
Los alumnos que accedan a prácticas que estén incluidas en el sistema de cotización tendrán que ser dados de alta como trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, un alta que se llevará a cabo al inicio de las prácticas, mientras que se dará de baja a la finalizazión de las mismas. El plazo para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) el alta y baja será de 10 días naturales a contar desde el inicio o finalización de las prácticas.
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